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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #629583  por cristina
 
Hola a todos!! Hace rato que no hago una RTI. Necesito que me recuerden si en el caso de las RTI se puede aplicar la renuncia por Art. 1 de la Ley 25231.
Gracias
 #629685  por dramamita
 
hola

no, en rti no podes utilizarlo, pero si el dto.526 por solicitud
 #629863  por cristina
 
Gracias Dramamita, decime no se puede aplicar aunque por moratoria le compre los 30 años. No tiene la regularidad. Fue monotributista con ultimo pago en el 94 y le aparece en el PUC hasta el 2004. Osea todavia no estan prescriptos. Nuevamente gracias.
 #629965  por MARIO1943
 
cristina escribió:Gracias Dramamita, decime no se puede aplicar aunque por moratoria le compre los 30 años. No tiene la regularidad. Fue monotributista con ultimo pago en el 94 y le aparece en el PUC hasta el 2004. Osea todavia no estan prescriptos. Nuevamente gracias.
HOLA SI VAS POR LOS 30 ANOS, PODES RENUNCIAR O PRESCRIBIR
 #629978  por cristina
 
Idolo!!! Es lo que interpretaba pero no sabia si las exepciones eran pension o RTI aun con los 30 años de servicios.
Gracias.
 #629986  por dramamita
 
siiiiiiiiiiii si vas por los 30 años se pueden aplicar beneficios