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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #595931  por Dr Rop
 
Hola a todos! , bueno voy por mi primer reajuste, es una persona que vive en el partido de la costa, yo estoy en capital federal, primero puedo tramitarlo en los tribunales federales de la capital? él quiere hacerme un poder por escribano para hacer todo! Anses y judicial, puedo?... y desde ya que necesito para comenzar a estudiar o ver el caso, el telex? donde lo consigo , si alguien me puede dar una guia les agradeceria, mienstras tanto me pongo a estudiar!!

Saludos GRACIAS!
 #597757  por andrea1982
 
1ero. Entiendo que si constituye domicilio en capital, podría litigar ahi.
2do. Tomar vista del expte.
3ero. Hacer poder ante escribano, no le sería costoso? Tendría que firmar el poder de ANSeS y luego firmar el poder para la demanda, al menos acá, los aceptan incluso firmado en cualquier juzgado.
 #597774  por markello
 
Es correcto la apreciacion que te dicen pero tene en cuenta algunas situaciones propias de la capital

1.-Si tenes intención de continuar con otros casos de reajuste, soy de la opinion que te dirijas a lavalle 1268 subsuelo, al fondo de todo a la izquierda, preguntes por EMILIO y date de alta para PODERES Y DEMANDA WEB, quizas nunca la uses o quizas la uses siempre, sobretodo si tenes a futuro clientes de capital federal y gran buenos aires, es un gran alivio los poderes por ese medio, mucho mas sencillo y sin coste, igual el tema de las demandas y NO TE ASUSTES, parece un poco dificil al principio pero despues no tendras problema.

Respecto al caso particular, en mi opinion, vos constituis domiciilio legal en capital y el real es en el partido de la costa. El poder NO hace falta que sea por escribano. PEDILE AL MISMO EMILIO QUE TE ENTREGUE UN FORMULARIO ACTA PODER MANUAL, lo transcribis a word, completas los datos en blanco, se lo mandas por mail a tu cliente, que lo imprima y que la persona lo haga firmar en cualquier JUZGADO FEDERAL DE SU JURISDICCION y que te lo devuelva por correo postal. OJO, HABLO DEL PODER PARA EL JUICIO.

Respecto al tramite administrativo hay 2 caminos. El primero es pedirle que te firme un poder anses y que te lo envie por correo o como hago yo, LE SACO TURNO A NOMBRE DEL JUBILADO, se lo envio por correo Y QUE LO PRESENTE EN EL UDAI DE SU REGION, ganamos tiempo y menos problemas con la documental.

Para que el telex?
Fijate por la web del anses en seguimiento de expediente, la radicación del administrativo del beneficio, si está en archivo de san martin, si o si poder ante el anses para el turno de vista y obtener copia certificada del administrativo, si esta en el udai de su zona, dile al cliente que obtenga fotocopias, la certifique y la remita por correo.

Por ultimo, y lo mas importante es tener a la vista la RESOLUCION OTORGANTE DEL BENEFICIO para ver bajo que ley se jubilo, cual es el derecho que lo ampara, verificar el cuantum haciendo el calculo y confeccionar el reclamo y demanda en base a ello.

En nuestro caso hay muchos clientes de otras provincias que NI le conocemos la cara pero le llevamos el juicio sin problema, el tema es cuando cobran, a veces viajamos en el dia a la provincia para cobrar y volvemos a la noche, esperar que el jubilado cobre un juicio y me lo deposite nunca me trajo buenos resultados.
Saludos
 #597775  por markello
 
Otra opcion para evitar tanto correo postal.

En relación al reclamo administrativo a ser presentado por el titular.

1.-Sacas turno, lo pasas a pdf y se lo remitis por correo para que lo imprima.
2.-Le envias por correo el reclamo administrativo por correo y que lo imprima por duplicado

De esta manera evitas tanto correo de ida y vuelta, que se presente con el reclamo y turno y listo. Que deje el reclamo y el turno y que le sellen la copia del reclamo administrativo.

La denegatoria le va a llegar a él, salvo que se consiga otro abogado en el medio, no podrá hacer nada con ella, asi que te remita la denegatoria y el poder por el juzgado federal por correo postal y tenes habilitada la instancia.