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  • Consulta Sobre Acta De Escribano

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 #549534  por neldam
 
Voy a iniciar acciones ante una entidad que se niega a recibir una documentación en condiciones.

Para ello voy a hacer constatar el hecho ante un Escribano.
Mi pregunta es:
¿se debe presentar el escribano apenas llega con el damnificado o lo puede hacer después de escuhar la negativa de la repartición ?

Lo pregunto porque el efecto que causan son muy distintas. Si saben de antemano que es un escribano, van a cambiar de postura.
 #549568  por Mariela Ycasa
 
Hay algo que no entiendo.

Tu acción será por la negativa a recibir documentación. O sea, tu objetivo es que la reciban.

Pero si vas con escribano crees que la van a recibir. No es eso lo que querías?

Entonces, no entiendo. Como te la reciben, te quedás sin acción?

Perdón. debo ser muy ingenua y hay algo que no veo o entiendo. :!: :?:
 #549604  por neldam
 
Mariela, el tema es así.
Ya me presenté en mesa de entradas con la documentación que quería ingresar y me dijeron que directamente no me la recibían, todo esto de palabra.

Voy a ir nuevamente con la documentación para tomar constancia delante del escribano que no me la reciben, porque se han cerrado en 'no recibirla'.

Por esos las dos situaciones que planteo. Si por temor la reciben, después me 'la rechazan' por nota o lo que sea, lo que sería una pérdida de tiempo.
 #549712  por ezequielunr
 
Pérdida de tiempo y de dinero. Presentarte ante una entidad??? una especie de reclamo administrativo previo?? en su caso, es indispensable ese reclamo, por qué no una CD que es la antesala de un juicio??

En fín también tengo dudas, igual que Mariela.
 #549717  por Mariela Ycasa
 
Si te la reciben, y posteriormente por nota la rechazan, ordenan el desglose, etc., te queda abierta la vía administrativa con un recurso (entiendo que la entidad a que hacés referencia es de la administración pública, y no privada).

Si es privada, coincido con el colega en que les mandas carta documento como paso previo a demandar judicialmente.

En cualquera de los casos, vos tenés la recepción y el rechazo, que servirán de pruebas a tu reclamo judicial.

Evidentemente el reclamo judicial deberá versar sobre el fondo de la cuestión que estas reclamando, y para que prospere tendrás que tener pruebas sobre eso. Lo que opinamos aqui es meramente sobre la formalidad del rechazo o recepción de la documentación por mesa de entradas del organismo.