pabloboubou escribió:Colegas abogados estamos en Argentina, no defiendan el derecho como si en este paìs existiera seguridad jurídica. La experiencia te la da la calle, no hablar bien en un post y defender posturas de libros. Cada uno hace su laburo. Pocas veces coincido con AnsexO, a decir verdad nunca, hoy si. Y Doncella es un mamarracho juridico.
Che Pablo, hacete un FAVOR Y SACATE UNA CUENTA NUEVA EN EL FORO:
Miré un poco tu historial de preguntas y respuestas, y acá te dejo el extracto.
Pd: Saqué los muchos post en donde te clarificafan el tema de las jubilaciones que no entendías,
y saqué los muchos post en donde TODOS LOS FORISTAS QUE DISCUTIERON CON VOS TE MANDARON
A LA CONCHA DE TU MADRE POR IMBECIL.
Te dejo pa que te diviertas.
Anteponiendo el interés personal a todo tipo de análisis:
por pabloboubou el Lun Abr 02, 2007 7:02 am
Soy un iniciado en este sitio pero me parece muy buena la noticia del clarin que lejos de cerrar las moratorias sigue abriendo caminos para que podamos seguir laburando.
Acá ROBÁNDOLE A LA GENTE:
Cuanto cobran?
por pabloboubou el Lun Abr 02, 2007 1:05 pm
Mi pregunta esta referida a la cantidad de haberes que le sacan a los futuros beneficiarios. Yo pido 4 esta bien? es poco o mucho?. Agradeceria que los colegas me ilustraran sobre el tema. Gracias. Pablo de MdQ
Acá –DESDE SU POBRE CONOCIMIENTO JURÍDICO DEFENDIENDO LO INDEFENDIBLE
Re: Cuanto cobran?
por pabloboubou el Mar Abr 03, 2007 9:30 am
Analia Y DE PORTO escribió:
pabloboubou escribió:Mi pregunta esta referida a la cantidad de haberes que le sacan a los futuros beneficiarios. Yo pido 4 esta bien? es poco o mucho?. Agradeceria que los colegas me ilustraran sobre el tema. Gracias. Pablo de MdQ
DOS COSITAS:
1.- Al cliente no se le "saca" se le cobran honorarios por tarea extrajudicial.-
2.- Según ley vigente, esta estipulado cobrar 2 haberes. Ojo con los convenios de honorarios, Pablo si sos de Mdp, fijate que aqui los jueces no embargan las jubilaciones,,,, todo un tema
Saludos.-[/quote
Mira Anita lo de "saca" fue una cuestion semantica que no creo sea para destacar a no ser que sientas culpa por cobrar honorarios sea poco o mucho, y busca un poco de jurisprudencia en donde se establece que una ley no refleja la totalidad de tareas que se hacen y que se puede cobrar mas que 3 haberes. Otra cosa para los honorarios se habilita la via ejecutiva, gracias.
ACÁ TRATANDO DE CURRAR
saben si se deja sin efecto el decreto 884?????
por pabloboubou el Vie May 04, 2007 4:38 am
Por favor informacion acerca de si funcionan los amparos o alguna trampa para hacer?
ACA DEMOSTRANDO SU CABAL CONOCIMIENTO DEL TEMACirculares
por pabloboubou el Vie Jun 29, 2007 4:57 am
Mi pregunta es como puedo acceder a las cirulares de anses, si hay alguna pagina q las tenga, gracias
Boubou
pabloboubou
Miembro
ACA HACIENDO UNA PREGUNTA QUE NO SE ENTIENDE EN UN
PROFESIONAL DEL DERECHO PREVISIONAL
Procedimiento por SDM
por pabloboubou el Mie Sep 19, 2007 9:40 am
Alguien me podria explicar el procedimiento para comprar años por SDM??? gracias
Boubou
SIN PALABRAS
Clave Fiscal
por pabloboubou el Mie Oct 24, 2007 9:12 am
Queria sober como hago para conseguir una clave fiscal, por email, gracias
Boubou
ACA PREGUNTANDO Y A POSTERIORI ENOJANDOSE PORQUE NO LE
ENSEÑAN DERECHO
por pabloboubou el Vie Mar 07, 2008 8:30 am
Consulta, jubilo a una mujer que tiene una pension de su anterior marido, obviamente sale con pago suspendido. Cuando me dispongo a presentar el amparo la mujer fallece, por lo tanto la jubilacion le corresponde al nuevo marido como pension. Mi pregunta es la siguiente el marido no tiene el impedimento que tenia la mujer en vida por lo tanto le corresponde el beneficio de la pension?
Boubou
pabloboubou
Re: Consulta jubilacion suspendida y posterior fallecimiento
por pabloboubou el Sab Mar 08, 2008 6:33 am
no puedo creer que nadie sepa, ay dios
Boubou
ACÁ ADUCIENDO SU “CALLE”
Re: JUBILACION IPS + JUBILACION ANSES. SE PUEDE TENER LAS 2?
por pabloboubou el Jue Jun 05, 2008 7:24 am
Me parece que vos al ser estudiante no tenes idea de como es la calle, la gente, anses y litigar, estas con el librito abajo del brazo, cuando estes en el ejercicio de la profesion la gente no te pague, el anses te rebote tramites y la justicia te saque el despacho que quiera, vas a entender un poco mas la profesion. Ahora veo que estas con los mandamientos, con los libritos que te dan en la facu para estudiar. Estas un poco verde para opinar a mi criterio. Igual tu aporte al foro es bueno pero no es el mismo que el de un profesional que pateo la calle tiene que pelearla todos los dias. Padrillo agradezco tu opinion esta bien que el abogado aproveche lo que otro abogado plantea en definitiva somos cuervos
Boubou
ACA SUGIRIENDO A LOS DEMAS HACERSE UN POCO MAS VIVOS:
Re: JUBILACION IPS + JUBILACION ANSES. SE PUEDE TENER LAS 2?
por pabloboubou el Jue Jun 05, 2008 7:44 am
Fallos antiguos? los reto a que entcuentren un fallo que sirva para el tema mas nuevo, padrillo hacete un poquito mas vivo! y aprovecha el material que deje, y vos andrea por ahi lo podes utilizar para algun seminario antes de recibirte, ah bueno con el fallo nuevo que encuentres
ACA DICIENDO –PARA EL ASOMBRAMIENTO DE TODOS LOS POSTEANTES- QUE TIENE UN POSGRADO EN PREVISIONAL
Re: JUBILACION IPS + JUBILACION ANSES. SE PUEDE TENER LAS 2?
por pabloboubou el Jue Jun 05, 2008 1:57 pm
Al fin te reis andrea, y a vos padrillo te comento que no son cursitos, amen de que tengo un postgrado en seguridad social de la uca(saco chapa y que?) es de una publicacion de lexisnexis on line a la cual tengo acceso porque pago todos los meses. Te comento podes leer los articulos que escribo en lexisnes vos y todos los cerebritos que te secundan, couture a la cabeza, alguien ademas de andre le dio importacia al papel ese que te dan cuando juras?????
Y MI FAVORITO: ABRIÉNDOLE LA MENTA A LOS COLEGAS
beneficio unico
por pabloboubou el Mar Jun 03, 2008 5:44 am
A ver colegas si les puedo abrir la mente, el criterio anterior de la corte en materia de reajuste era chocobar y la corte cambio y ahora es badaro, el derecho es dinamico cambia y la doctrina interpreta el espiritu de la ley. Y existia el doble beneficio el cual fue derogado, asi que yo no veo el problema en que si una persona cumplio los requisitos en ambos regimenes no pueda obtener el doble beneficio. La ley fue derogada no en beneficio de la gente sino de las cajas!!!
Atte.