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  • HABLE CON ANSES/ TEMA CIRC 53/ UNFIQUEMOS

  • Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #261584  por toju
 
Les quiero comentar que según el estatuto del servicio doméstico para ser considerada empleada doméstica, deben trabajar por lo menos cuatro horas por día y por lo menos cuatro días por semana. Si una persona trabaja ocho horas dos días a la semana no se considera empleada doméstica, pero al trabajar de esta forma 16 horas por semana, el pago de los aportes debe hacerse con el form. 102 y no pueden pedir prueba alguna.
 #261601  por jorfelli
 
rosaros1973 escribió:por favor me podrias confirmar el tema de si alguna circular de que aclare yo ayer me desayune presentadome con un turno y casi me infarto soy de laplata
Hola rosaros! al fin alguien de la plata! yo tambien lo soy.. contame que te dijieron en la Udai .. y si fue en calle 4 o calle 9.. gracias..
y.. CUANDO SALE LA CIRCULAR ACLARATORIA!!!!!!!!!
 #261651  por toju
 
Si leyeron la cir 53 las pruebas son pedidas porque consideran que si se pago 16 horas o mas tienen que ser empleadas pero yo creo que si se declara por nota que solo trabajaba dos dias a la semana 8 hs diarias no pueden requerir prueba alguna, porque se consideraría trabajadora independiente. Porque así lo establece el estatuto de servicio domestico.
 #261687  por SIL_27
 
a ver..... estoy como loca!!!!!!!!!
recien llame al 0-800, me atendio una chica, le pregunte si habias novedades por la aclaratoria y me dijo que les acababa de llegar y que llame en 30 min.
llame y obvio me atendio otra y me dijo lo que les acababa de llegar era la reso. 53/08, ???!!!!!!!!!!!!!!!!!
Les juro, no puedo creer!!!!!!!
Alguien quiere intentar llamar y comentar que le dijeron porque seguro si los atiende otro operador va a decir algo diferente.
Gracias
 #261750  por lunita_roja
 
LLAMÉ AL 0-800 DOS VECES, LA 1º ME TOCO CAPITAL FEDERAL Y ME DIJERON QUE TODAVÍA NO TIENEN NOTICIAS DE LA ACLARATORIA (ME PASÓ CON EL SUPERVISOR) Y QUE ADEMÁS DESDE LA 53/08 NO SALIÓ OTRA CIRCULAR (O SEA QUE LA PRÓXIMA TENDRÍA QUE SER 54/08) Y LA SEGUNDA VEZ QUE LLAMÉ ME TOCÓ MENDOZA Y ME DIJERON LO MISMO....A ESPERAR!!!!!!!!
SALUDOS
 #267062  por ale_7500
 
Chicas esl 0800 no es para asesoramiento jurídico sino para facilitar trámites y esas cosas, no llamen porque los empleados no están preparados para eso y les van a decir cualquier cosa!
Hay que pagar 55, acompañar boletas, dos testigos que digan q trabajó para varios empleadores a la vez, nunca más de 4 hs por semana que no lehacían aportes y que por eso se vió obligado a regularizar tardíamente para obtener jubilación. Manifestar inexistencia relación de dependencia y desconocimiento de cuil/cuit atento los años que han pasado y la falta de aportes hechos.
Si nosotros no presionamos con argumentos jurídicos noramtiva no va a hacer nada, esta circular salió por presiones para cortar el chorro de las jubilaciones, no les hagamos el juego, obliguemoslo a que arreglen el entuerto que han hecho
 #267080  por fabidoc
 
Estoy de acuerdo con defender nuestra posición. Es más tengo varios casos en que los servicios domesticos eran prestados en realidad, no son inventados. Pero anda a decirle a la "patrona" de esa señora que le van a hacer una ambiental. Al final siempre se jode a los que menos tienen, es así. Tengo un caso muy cercano de una señora que trabajo como cocinera 15 años, sabado y domingo, 20 horas. Nunca le pagaron nada. Relación de dependencia no había. Ahora si quisiera pagar SDM en algun tramo de esos 15 años, estaría sonada, porque tiene que pagar, en teoría, $55.- y tendría que demostrar relación de dependencia cuando no la habia. Sin palabras.
 #267083  por fabidoc
 
Me sorprende casi 1200 visitas al POST Y SOLO 21 opiniones, que pasa con los colegas. Todos entran a husmear, pocos a contarnos sus experiencias. No se les va a caer las uñas. OPINEN. nadie nació sabiendo. Un poco de CAMARADERIA.
 #267094  por normal
 
Hola colegas hoy pregunte en ANSES SAN JUSTO lo que me dijeron era que se van a reunir por este tema no saben cuando , todo muy ambiguo, muy top secret, asi que creo como opino otra forista, que hay que esperar y despues aportar argumentos juridicos, yo tengo tres personas en todos los casos trabajaron, para otros , uno como casero dos como servicio domestico nadie les aporto nada y ahora no quieren declarar es mas una de las señoras todavia sigue trabajando para esa empleadora que tampoco quizo darle un peso para completar servicio domestico, todo muy injusto, tendremos que empezar a trabajar con los fundamentos que son muchos si no se iluminan y sacan una aclaratoria.
 #267239  por lurotermas
 
REFERENTE A LO DICHO POR TOJU, ES IMPORTANTE POR QUE SI MAL NO ENTIENDO EN SERVICIO DOMESTICO NO EXIXTE RELACION LABORAL, POR ELLO NO SE ENCUADRA EN L.C.T. el ej. dado por toju de que si trabaja 8 hs. dos dias a la semana, se trataria de trabajador independiente, al caul solo se le puede exigir el form. 102. Y SI TRABAJA X EJ. DIA SABADO MEDIO DIA (4 HS.) PAR HACER LIMPIEZA; NO TIENE DERECHO A UNA JUBILACION????????????
 #267263  por nena
 
marul007 escribió:por la presente dejo constancia que me desempeñe en esas fechas para el sr. juan perez y q me abono lo que figura en los recibos de sueldo del ..102.., dando fe unicamente de esos datos, debido a que el mismo fue confeccionado por juan perez, no constandome si es su cuit o no ni si ese es el domicilio donde realmente trabaje ya q en virtud de los años transcurridos no lo recuerdo.
Asismismo declaro q trabaje para el pero nunca mas de 3 dias en la semana, por lo cual no hubo relacion laboral conforme el decreto 326/56 art 1, que exige que un minimo de 4 dias semanales,en virtud de lo cual no debe exigirseme que pruebe la misma ya que no encuadra en el inc a) de la circ. 53/08 q se refiere a trabajadores del servicio domestico en relacion de dependencia.

A la espera se me otorge prontamente el beneficio q me corresponde por cumplir con la edad y los aportes requeridos.

Saludo Atte.

q les parece esto para q no encaje en la 53/08 y dejen iniciar y nada de prueba

ESTA MUY BIEN EL ESCIRITO Q ARMASTE AHORA TE DIGO: solo ayudaria alas que pagaron 55$ y esoa años que compraron lo liquidaron en el sicam!!! osea hicieron de cuenta segun tu logica que al no encuedrase en servicio domostico seria autonomo no?¿?
pq yo pague 55$ en todos los casos pero cuando liquide el sicam( que obvio fue anterior a esta circular) no los inclui, me explico!!
osea que ami no me queda otra que sea relacion de dependencia!!!!!
ya no em da mas la cabesa jej
 #267361  por drsantillan
 
EN UDAI SAN JUSTO PREENTE ....SI PAGO CON 55 DEBO PRUEBAS...SI PAGUE 20 DEBO PAGAR 23 Y SIN PRUEBAS...
PERO PRESENTE DE 55 EL JUEVES Y VIERNES PERO NO ME PIDIERON NADA....NI LOS FORMULARIOS....SOLO Q APAREZCAN
QUE ES ESTO??????????????'''''''''''''''''' :shock: