LorenaM2008,
Disculpa crei q te habia entrado mi respuesta xq justo se tildo la maquina, pero veo q no.
Respondiendo a tus dudas
1- El exceso de edad se computa segun el Art 19 la cantidad de meses de exceso divido dos. O sea q si tiene 7M de exceso al dividirlo x 2 te daria 3.5, con lo cual a la cantidad de años de aportes necesarios le restas 3M (numero entero)
Por lo tanto:
Aportes necesarios 30A
Exceso por Art 19 3M
------------------------------
Moratoria 29A 9M
2- Es correcto q la sit de revista se arma a partir del mes sgte al q cumplio los 18A. Entonces
09/01/1948+ 18A= 09/01/1966
Con cual...
02/1966-09/1993= 27A 8M
Habiamos dicho q vos necesitabas 29A 9M pero vemos q no entra todo por moratoria...
Necesitamos 29A 9M
Alcanzamos 27A 8M
--------------------------
Restaria al contado 2A 2M (siempre mientras q el cliente pueda calculamos un mes de mas)
3- Lo mas "economico" para pagar es SDM q comenzo en 04/2000
04/2000+ 2A 2M= 06/2002
4- Si tu cese es en el 2002 entonces los años de DDJJ q te corresponde es de 3A y NO 7A. Ya q la fecha de cese se toma a partir del ultimo pago efectuado.
5- No comprendo la ultima parte de tus cuentas.
SDM $ 55 F102--> 55x 26M= 1430$ (sin intereses)
SDM $20 F102 + $23 F575---> 43x 26M = 1118$ (sin intereses)
Aca hay q advertir al cliente q no se esta abonando los intereses y q la AFIP en el futuro puede reclamarselos.
Esto es lo q tendria q pagar al contado + la primer cuota de la moratoria antes del turno.
OJO ACA! Si las cuotas superan $360 cada una de ellas, la sra va a tener q pagar cuota por cuota, asi q lo mejor es q de menos xq en muchos casos el cliente se olvida de pagar. Luego vienen lso reclamos.
Espero q se haya entendido.
Disculpa crei q te habia entrado mi respuesta xq justo se tildo la maquina, pero veo q no.
Respondiendo a tus dudas
1- El exceso de edad se computa segun el Art 19 la cantidad de meses de exceso divido dos. O sea q si tiene 7M de exceso al dividirlo x 2 te daria 3.5, con lo cual a la cantidad de años de aportes necesarios le restas 3M (numero entero)
Por lo tanto:
Aportes necesarios 30A
Exceso por Art 19 3M
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Moratoria 29A 9M
2- Es correcto q la sit de revista se arma a partir del mes sgte al q cumplio los 18A. Entonces
09/01/1948+ 18A= 09/01/1966
Con cual...
02/1966-09/1993= 27A 8M
Habiamos dicho q vos necesitabas 29A 9M pero vemos q no entra todo por moratoria...
Necesitamos 29A 9M
Alcanzamos 27A 8M
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Restaria al contado 2A 2M (siempre mientras q el cliente pueda calculamos un mes de mas)
3- Lo mas "economico" para pagar es SDM q comenzo en 04/2000
04/2000+ 2A 2M= 06/2002
4- Si tu cese es en el 2002 entonces los años de DDJJ q te corresponde es de 3A y NO 7A. Ya q la fecha de cese se toma a partir del ultimo pago efectuado.
5- No comprendo la ultima parte de tus cuentas.
SDM $ 55 F102--> 55x 26M= 1430$ (sin intereses)
SDM $20 F102 + $23 F575---> 43x 26M = 1118$ (sin intereses)
Aca hay q advertir al cliente q no se esta abonando los intereses y q la AFIP en el futuro puede reclamarselos.
Esto es lo q tendria q pagar al contado + la primer cuota de la moratoria antes del turno.
OJO ACA! Si las cuotas superan $360 cada una de ellas, la sra va a tener q pagar cuota por cuota, asi q lo mejor es q de menos xq en muchos casos el cliente se olvida de pagar. Luego vienen lso reclamos.
Espero q se haya entendido.
