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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional

 #128136  por bea10
 
Selma te paso un post sobre SDm que hace mucho tiempo se habia debatido.

viewtopic.php?t=16161&highlight=bea10

alli te explican como se compone el aporte jubilatorio ?

 #128157  por Selma
 
Gracias bea, yo lo tengo claro...por eso cite la ley 25239, y estan tbn estan:
Resolución General 841/2000
Resolución General 2055/2006

Por la lectura de todas es que llego a la conclusiòn (para mi trabajo...y responsabilidad...que yo no voy a hacer SDM por menos de $55 )

 #128168  por bea10
 
Selma disculpa queria que lo vea otro forista que decia que era lo mismo 20 que 55 ... en su momento cuando tuve que hacer la primera me entro la duda y en ese post esta bien marcada la diferencia y como se compone Sldos Analia

 #128178  por Selma
 
bea10 escribió:Selma disculpa queria que lo vea otro forista que decia que era lo mismo 20 que 55 ... en su momento cuando tuve que hacer la primera me entro la duda y en ese post esta bien marcada la diferencia y como se compone Sldos Analia
Bea, te agradezco nuevamente que subieras el post, está extensamente tratado el tema de los $20 y estoy segura que le interesara leerlo a los que no lo hayan hecho con anterioridad.
Yo simplemente aclare que por las resoluciones y leyes que cito no me muevo de la compra al monto de $55...eso es todo. :lol:
Saludos Selma.

 #128216  por RODO-MZA
 
Selma escribió:El razonamiento que yo hago no es basado en el pago del monto de intereses (que es un tema de afip) sino en el derecho al beneficio jubilatorio, y en relaciòn a lo dispuesto en la ley 25.239
Por eso mismo te digo, no se cual es la ventaja de abonar $ 55 (horas trajadas semanalmente 16 o más) en relación a los 20 (desde 6 a menos de 12), ya que ambos son CAPITAL y lo único que varía es el número de horas que declarás como trabajadas bajo el régimen de SDM. La AFIP no va indagar cuanto tiempo efectívamente trabaja o trabajó el interesado. Ahora bien si vos afirmás que los 55 pesos incluyen el pago del CAPITAL + INTERÉS...entonces es correcto tu planteo. Te repito, que confirmes si es así porque en ningún momento lo afirmás...Y porqué crees que puede verse comprometido el derecho del beneficiario con el pago de $20 o de que forma queda resguardado al abonar $55??? Saludos

 #129194  por Selma
 
Con 20 no hay derecho a la jubilacion ya que solo ingresa $12 de los $35 obligatorios para las contribuciones.

Que acuerden un beneficio con 20 no significa que estes a derecho; es un falla de anses que el sistema te tome los aportes que no alcanzan a cobrir las contribuciones minimas. ( lee la ley 25239,Resol. 2055,841 )

Yo creo que la diferencia es que si uno paga los 55 pesos, está pagando el importe de la cantidad de horas que otorgan derecho al beneficio y lo que se deben son los accesorios o intereses.-

Por el contrario, al pagar los 20 pesos uno paga una cantidad de horas que no otorgan derechos previsionales y si algún día reclaman, podrian llegar a anular el beneficio por carecer de derecho ...

Es mi opinión personal en función de lo que interpreto de la lectura de las normas referentes al tema, pero puedo estar equivocada :roll:
Saludos.
 #133727  por nuevito
 
alguien me puede decir cual es la udai donde atienden a profesionales de modo de agilizar los tramites?? gracias

 #133774  por andrea1982
 
eh?

 #133775  por andrea1982
 
eh?

 #133795  por MARIMO
 
Hola Nuevito:

Chiimi te respondiò en el otro topic que abriste.

saludos

Maria
 #134011  por nuevito
 
gracias Marimo... vos me entendiste .. me referia a la udai de capital que atiende a profesionales...!!!

 #134021  por MARIMO
 
:D :D :D :D :D :D :D :D :D :D :D :D :D :D :D :D :D :D :D