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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #822463  por andresxeneizes
 
DeniCrane escribió:
andresxeneizes escribió:no, que parte no se entendio

agrego que si lo despedis estando en negro reconoces la relacion irregular
la cliente es la empleada.
como pusiste justa causa pense que vos ibas por el empleador y la querias despedir con justa causa asi no tenias que pagarle la indemnizacion, de ahi vino mi confusion
 #874076  por pablotucuman
 
hola, llegue a este foro investigando en internet, y he decidido unirme a esta comunidad, espero poder aportar, pero en este momento necesito de sus aportes, y la situación es la siguiente: empleada domestica no registrada (en negro) con una antiguedad de 2 años, se ve despedida (sin preaviso, ni telegramas) por que se demostró que ella HURTO (sin violencia) un celular que se encontraba en un cajon de una mesa de la habitación del cliente. Ahora ella ha iniciado demanda laboral. ¿que solución y proceder es el pertinente para el empleador?. ¿Será necesario plantear una prejudicialidad, previamente denunciando en sede penal el hurto? ¿ Es un hurto demostrable? . La prueba de que el celular fue hurtado consiste en lo siguiente: El celular posee un sistema que al introducir un chip (tarjeta sim) con un numero diferente al registrado envia automáticamente un mensaje al otro teléfono informando el numero nuevo (chip y/o tarjeta sim) que ha sido introducido en el aparato, y el numero que se envió fue el numero de teléfono de la empleada despedida. Luego la empleadora la llamo, y la despidio, ella acepto que tenia el telefono, en fin....
Esta ha sido la situación agradeceria ayuda! MUCHAS GRACIAS!!.