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  • ART - Fuero Laboral, de la S. S o via civil???URGENCIA

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #801124  por Ligeia11
 
Hola a todos!

Tengo el siguiente caso de accidente laboral. Mi cliente es un hombre mayor, pronto a jubilarse por insalubridad y justo se accidenta laboralmente. Un zampi pasa por encima del pie de mi cliente. Es operado por ART, le brindan las prestaciones médicas. Es dado de alta sin grado de incapacidad. Apelo a COMISIÓN MÉDICA. Dictamen favorable estableciendo que ART debía continuar brindando prestaciones médicas y que mi cliente continuaba en ILT. La ART lo toma nuevamente por un tiempito, le dan de alta por segunda vez sin grado de incapacidad alguno. Apelo nuevamente, dictamen favorable a mi cliente, continúa en ILT y deben brindarle prestaciones médicas. En el interín se cumple el año desde la fecha del accidente laboral. ART otorga la tercer y última alta sin grado de incapacidad.
Apelo a COMISIÓN MÉDICA a fin de que determinen la incapacidad. Lo logro. Y ahora el cheque de la ART está listo para cobrar.

La cuestión es que mi cliente ha cambiado su discurso. Le parece muy poco el % que le dieron y por ende la indemnización que tiene que cobrar.
Aclaro que no inicié juicio con anterioridad porque mi clinete no quería. Simplementeél quería que le paguen su accidente y luego renunciar a su trabajo para jubilarse. Pero ahora cambió de parecer.

Un bajón porque mi cliente evidentemente no está conforme con mi actuación.

Quería saber si realmente pese a cobrar la indemnización de la ART podés reclamar la reparación integral e incluso aquellos grados de incapacidad de más que pueda llegar a tener mi cliente????

Muchas gracias!!!!
 #869591  por LauraS
 
Buenas Tardes Colegas. Estoy en un intringulis similar a los que se vinieron planteando hasta ahora.-

Entiendo que si se cobro por Comisiones Medicas lo que se hubiere cobrado y se firmo siempre en disconfirmidad se puede iniciar juicio por Reparacion Integral. Por lo que lei de las acotaciones de Doctis y otros colegas esto es asi, no? ( y es logico porque la reparacion de Comisiones Medicas no es omnicomprensiva conforme la doctrina de Mendez, sino que solo viene a compensar el Lucro cesante, descartando todos los demas daños (moral, psicologico, material, psicofisico, etc) sufridos.-

Ahora, mi preg es: Voy por Comisiones. Mi cliente cobro algo. Siempre firmamos en disconformidad y apelamos. Puedo iniciar demanda igual por reparacion integral, con el dictamen de la super pendiente??? O tengo que necesariamente culminar el proceso administrativo para iniciar demanda?? Pueden invocarme la teoria de los actor propios como defensa si plantie la Inconstitucionalidad de la Ley en Seclo????

Agradezco enormemente los aportes de los colegas que tengan mas experiencia que yo en el tema!!