a ver.....hay teoricamente dos actos la supuesta compraventa que se hace en marzo, y que está acreditada por un boleto certificado por escribano y una locacion, que se hace dos meses despues y que aunque es un contrato simple, en la audiencia 360, la parte demandada reconoce la firma del contrato, ahora por logica estos actos son contrapuestos, si yo le compro a alguien su propiedad,dos meses despues no se la puedo alquilar,porque la propiedad ya es mia, si la alquile, hay dos actos juridicos opuestos y el que subsiste es el ultimo, al menos para mi,porque evidentemente hice ese acto porque el primero no cumplio sus efectos.
Otro punto a tener en cuenta es que en la contestacion de demanda ella niega haber sido inquilina y despues reconoce la firma en la audiencia.
La propiedad esta a nombre del actor, hay un contrato de locacion posterior al boleto,que genera la obligacion de devolver el bien locado, ella acepto como valido, me parece que al menos la sentencia en el desalojo tendria que ser favorable,aunque el caso es muy extraño,sigue abierta la discusion.....
Otro punto a tener en cuenta es que en la contestacion de demanda ella niega haber sido inquilina y despues reconoce la firma en la audiencia.
La propiedad esta a nombre del actor, hay un contrato de locacion posterior al boleto,que genera la obligacion de devolver el bien locado, ella acepto como valido, me parece que al menos la sentencia en el desalojo tendria que ser favorable,aunque el caso es muy extraño,sigue abierta la discusion.....
