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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #525234  por EDUARDO SUAREZ
 
El martes cuando todas las SDM que estan en 15 pasen a 25, ni te cuento :twisted:
MENTIRA!!!!!!!!! espero :oops:
 #525245  por skey1972
 
Que injusticia... yo tengo una señora que ya pago todo sdm de 43 y aun no tiene la edad...pense en hacerle un reco...quizas eso me ayude para cuando cumpla la edad, no se tengo el turno para el 7/04/10, luego les cuento que paso..
 #525247  por benfer
 
La Anses es tierra de nadie, asi no se puede trabajar
 #525254  por Lizzie
 
EDUARDO SUAREZ escribió:
fito657 escribió:Eduardo el problema es si ya pagó. Si ya pagó está jugada aunque por el principio de irretroactividad de la norma estaría a salvo.
Si ya pagó pedí turno y que sea lo que Dios quiera.
el sábado que fue cuando me enteré, y justo aparecieron los pagos en el padrón, hice tal cual...veremos... :roll:
 #525266  por leandrus
 
hola, soy nuevo, desde cuando rige la nueva circular de sdm???
 #525300  por hugo2
 
leandrus escribió:hola, soy nuevo, desde cuando rige la nueva circular de sdm???
Leela por favor leandru que alli lo dice.
 #525306  por Vaness29
 
leandrus escribió:hola, soy nuevo, desde cuando rige la nueva circular de sdm???
No hay ninguna circular...es esa dispocicion que aun no se normatizó.....
 #525390  por Dra.VE
 
Alguien de Rosario tiene novedades?
 #525393  por Mauricia
 
Yo llame a normatizacion y les faxee el "Proyecto", me dicen que de ahi no salio nada de eso y que el que la redacto no tiene posibilidades ni siquiera a aspirar a un cargo en el archivo para servir cafe.
 #525398  por hugo2
 
Mauricia escribió:Yo llame a normatizacion y les faxee el "Proyecto", me dicen que de ahi no salio nada de eso y que el que la redacto no tiene posibilidades ni siquiera a aspirar a un cargo en el archivo para servir cafe.
No se de donde salio, pero ayer en udai centro ( av. cordoba ) ya lo tenian.
 #525405  por abim
 
Qué tipo y nro. de normativa es: resolución, circular, prev?
 #525427  por andrea1982
 
fito657 escribió:El pagos posterior o extemporaneo que se paga con los intereses resarcitorios o el pago en fecha en las jubilaciones (no es lo mismo en Pensiones o RTI porque acá podría haber fraude) es inatacable juridicamente y la verificación que sentido tendría? si realmente pagaba y no trabajaba que diferencia habría? Se le podría negar el derecho al que pagó? Que funcionario tiene derecho a opinar sobre la legitimidad del pago?.
Ok! Yo te estaba entendiendo si pagaban, por ejemplo, sin intereses.
Me parece que ANSeS, tiene la facultad de verificar, ahora, si hubiese pagado en tiempo, seguramente a nadie se le ocurriría ir a verificar si de verdad trabajó ... en ese sentido, tenés razón.
 #525431  por Indubio
 
Es la Disposición 1/2009, de la Subdirección de Prestaciones. Yo la tengo.
 #525436  por rubinacho
 
Hola, respecto a la nueva movida sobre SDM, me confirmaron en dos UDAI que van a tomar normalmente todo lo que se haya pagado con anterioridad al 05/04, si el pago se efectua despues a de esa fecha siamo fuori, no corre mas el 20 + 23 , al menos esto es lo que pude averiguar. Saludos para todos
 #525438  por hugo2
 
Indubio escribió:Es la Disposición 1/2009, de la Subdirección de Prestaciones. Yo la tengo.
Gracias a Dios que otro tambien la tiene, porque falta muy poco para que me digan que la invente.
Muchas gracias indubio.
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