Encargado de edificio es despedido sin causa en Capital (voy por el trabajador). Como no hubo acuerdo con la cifra indemnizatoria, el consorcio consigno el dinero. A mi cliente le llego la cedula notificando la consignacion y debo contestarla en 10 dia. A su vez, el seclo nos fijo una adudiencia que es posterior al plazo en que debo contestar la demanda. Aclaro que antes del despido el encargado curso algunas cd por el mal trato constante que recibia de los consorcistas, asi como por la modificacion de horarios y la quita de hs extras. Por esto, se pedia algo mas de indemnizacion. Consulta: Como contesto la consignación? La liquidación esta bien, pero en la demanda yo iba a reclamar mas rubros por daño moral, acoso, discriminacion, de manera que el monto sería bastante mayor. Debo contestar y reconvenir? Muchas gracias por cualquier opinion.
si, tenes que contestar y reconvenir.
habria que estudiar bien el tema de si los rubros que pedis te los van a dar, no sea cosa que despues no te los den y digan que esta bien hecha la consignacion y el trabajador tenga que pagar las costas de la consignacion y de la reconvencion rechazada.
pregunto quien pidio la mediacion en el seclo? (me refiero a la que habilito la via judicial)
