Estimados colegas, agradecería me ayuden con este dilema, si un trabajador tuvo el alta con pago de prestaciones dinerarias de la ART en el 2009 y posterior despido sin causa en Abril de 2011, podría iniciar juicio de reparación integral contra la ART y el empleador, tomando en cuenta la fecha de despido, según art. 44 de la ley 24557 ?
Y mi otro dilema es si el empleado trabajaba en la Provincia de Buenos Aires y la ART tiene domicilio en la Capital Federal, podría iniciar el juicio por despido discriminatorio y reparación integral teniendo en cuenta el domicilio de la ART?
Y mi otro dilema es si el empleado trabajaba en la Provincia de Buenos Aires y la ART tiene domicilio en la Capital Federal, podría iniciar el juicio por despido discriminatorio y reparación integral teniendo en cuenta el domicilio de la ART?
