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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #866211  por pepecurdele
 
y la otra porque habiendo sindicatos de empleados domesticos, y pasado gobiernos que en teoria defienden los intereses de los trabajadores sigue vigente un regimen teoricamente injusto con una antiguedad de 52 años?
 #866259  por eltam88
 
La clave esta en que el dador de trabajo no es un empresario, por eso la diferencia de trato.
 #866262  por pepecurdele
 
eltam88 escribió:La clave esta en que el dador de trabajo no es un empresario, por eso la diferencia de trato.
obviamente alli esta una de las claves, se imaginan teniendo que llevar libros y registraciones laborales, aun por las empleadas/os que laboren unas pocas horas por semana, cubriendo enfermedades o accidentes inculpables por 3, 6 u 8 meses, ante ello, etc, etc, ¿quien tomaria empleados domesticos? desapareceria del mapa dicha profesion.
 #866337  por flux
 
pepecurdele escribió:yo siempre me hago la siguiente pregunta que pasaria con el mercado laboral de los domesticos, si de empezara a aplicar la legislacion de la LCT a ese tipo de contrato de trabajo, con mas la 24013, la 25323
Se pudre todo, porque es muy guarro considerar que una casa de familia es una empresa con fines de lucro que usa el trabajo humano para producir ganancias y asimilarle el regimen de la LCT. Ya me pareceria una barbaridad que si la domestica se embaraza el dueño de la casa se tenga que hacer "papa" de su domestica y pagarle la licencia por embarazo por ejemplo.

Si hacen algo como eso de asimilar el empleo domestico a la LCT, en un primer momento se vendria una oleada de juicios contra casas particulares que va a terminar en gente perdiendo sus casas por el juicio que le hizo la domestica.

Y en un segundo plano es que ninguna domestica mas va a conseguir trabajo por el miedo a que despues hagan juicio. Calcula que la persona que se dedica al empleo domestico no lo hace porque sea una carrera o profesion que le guste, sino porque en el 90% de las veces no consigue otra cosa debido a que por sus condiciones personales y como esta la mano hoy, esta excluida del mercado laboral.

Aparte esto tambien me llevaria a otra pregunta, si la domestica es empleada bajo la LCT, porque el cerrajero, pintor, plomero, albañil o electricista que vino a hacer un arreglo no es tambien un empleado bajo la LCT que hay que indemnizar cuando se termina el trabajo?

Yo me imagino contratar a un albañil para que me haga un arreglo que le tardo unos meses, vino con la ayuda de un flaco, al terminar el trabajo le pago y todo bien, luego el flaco que era empleado en negro de tal albañil me manda un TCL porque dice que yo soy solidario en los terminos del articulo 30 de la LCT
y la otra porque habiendo sindicatos de empleados domesticos, y pasado gobiernos que en teoria defienden los intereses de los trabajadores sigue vigente un regimen teoricamente injusto con una antiguedad de 52 años?
Creo que ese sindicato no tiene ambito de aplicacion mas que en CABA...
 #866340  por flux
 
es decir, entiendo que jamas deberiamos dejar de plantear una cuestion que resulta en beneficio de los intereses del cliente por el hecho que no tenga recepcion jurisprudencial....claro esta bajo debida aclaracion al cliente de esta circunstancia y eventuales consecuencias de la negativa....
No se, no me parece un camino practico entrar en ese debate legal de si las regulaciones del MTEySS valen sobre empleo domestico en provincia, o si la inconstitucionalidad de la 24.013 o la inconstitucionalidad de la exclusion del servicio domestico de la LCT si sabemos que vamos a perderlo.

Me parece resulta mas practico inflar un poco la antiguedad y salario del trabajador para, por via de una liquidacion aumentada, lograr llegar a un monto aceptable que pueda justificar el reclamo.

Osea, si hago un reclamo por empleo domestico donde pido en total 25.000 pesos porque meti LCT y 24.013, pero despues de la sentencia se queda en 2.500 y me regulan 250 por empleador y 250 por trabajador..., me tengo que cortar las bolas. 500 pesos totales apenas pagan el gasto de la demanda, y el trabajador que tiene que cobrar 2500 cuando tenga que poner los 250 sobre ese numero va a protestar como un energumeno porque va a decir que de un monto muy bajo como es 2500 tiene que pagar, cuando la demanda decia 25.000

Para eso hago un reclamo donde solo fui por el decreto pero infle la liquidacion para hacerla por 12.000, si pude arreglar en 6000 y me regulan 1200 por empleador y le cobro unos 1000 al trabajador por pacto de cuota litis, aunque no sea una fortuna al menos llegue a un numero aceptable de regulacion por el que me justifica un reclamo. Y el trabajador que cobra 5000 cuando ve lo que le corresponde por el decreto, que seria menos, va a quedar contento.

Si a fin de cuentas el problema de siempre es la prueba, si puedo probar que una empleada domestica en clandestinidad trabajó, me estiro un poco mas y pruebo que lo hizo por unos años mas de lo que realmente lo hizo.
 #866409  por pepecurdele
 
yo en el fondo creo que ninguna de las partes inmiscuidas en el asunto esta interesada de cambiar el sistema, salvo en la cuestion que creo que es justa es que el estado se haga cargo de la licencia por maternidad como sucede con cualquier otra laburante
 #867369  por Caterina812
 
Muy bueno el debate e intercambio de opiniones sobre este tema. Les voy posteanado como sigue por ahora envíe el TCL, esperamos la respuesta.
UN saludo cordial a todos y gracias.