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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #861896  por lenga
 
HOLA A TODOS.SOY NUEVA EN EL FORO Y TENGO QUE HACER UN TELEGRAMA LABORAL ANTE DESPIDO VERBAL, PARA SOLICITAR REGISTRACION Y SEGURAMENTE GENERAR EL DESPIDO INDIRECTO, LA PREGUNTA ES A QUIEN LE MANDO EL MISMO, YA QUE MI CLIENTE ME DICE QUE LA PELUQUERIA (su lugar de trabajo) FIGURA A NOMBRE DE OTRA PERSONA.GRACIAS!!!!
 #861913  por MORGAN
 
en la intimación no se menciona que haya habido despido, ni verbal ni de ninguna otra manera. distinto es la negativa de tareas. no en esta etapa de intimación no hace falta que pague un detective para saber quién es el dueño del establecimiento, alcanza con que intime a quién lo empleaba, el que le daba órdenes le pagaba, lo retaba, etc. después se verá.
 #861917  por Babop
 
Estimada Colega:
Si la relación laboral se encuentra sin registración (en negro), podes enviar TCL al dueño de la peluquería... o al socio gte si es una SRL o al Presidente del Directorio si es una SA. Podes remitirlo contra aquellos que han actuado como jefes del actor. Ello así, podes enviarlo a quien se comporta como titular y al titular del negocio. Para mayor claridad, yo se lo enviaría a ambos.

Saludos,
 #861978  por sanjuanino
 
Babop escribió:Estimada Colega:
Si la relación laboral se encuentra sin registración (en negro), podes enviar TCL al dueño de la peluquería... o al socio gte si es una SRL o al Presidente del Directorio si es una SA. Podes remitirlo contra aquellos que han actuado como jefes del actor. Ello así, podes enviarlo a quien se comporta como titular y al titular del negocio. Para mayor claridad, yo se lo enviaría a ambos.

Saludos,
convengo con el colega
 #862088  por lenga
 
NO ME EXPLIQUE BIEN.!!!.MI CLIENTE SABE QUE LA PELUQUERIA ESTA A NOMBRE DE OTRA PERSONA, PERO NO SABE QUIEN ES. POR ESO PREGUNTABA QUE SE PUEDE HACER EN ESTOS CASOS, YA QUE NUNCA TUVE UNA SITUACION ASI.GRACIAS.-
 #862198  por Blarouson
 
Hola. Mandalo a nombre de quien se comporta como dueño (le da órdenes, le paga, como dijeron previamente) y a nombre de la peluquería, suficiente. Después verás si es una SA o SRL y como traes a los Directores / Gerentes o Socios al reclamo. No es necesario que intimes a todos, ni tampoco el trabajador tiene que saber quien efectivamente figura en los papeles de la sociedad para realizar el intercambio. Sdos.
 #862965  por sanjuanino
 
Blarouson escribió:Hola. Mandalo a nombre de quien se comporta como dueño (le da órdenes, le paga, como dijeron previamente) y a nombre de la peluquería, suficiente. Después verás si es una SA o SRL y como traes a los Directores / Gerentes o Socios al reclamo. No es necesario que intimes a todos, ni tampoco el trabajador tiene que saber quien efectivamente figura en los papeles de la sociedad para realizar el intercambio. Sdos.
Es cierto.
De todos modos, para conocer esa titularidad del comercio, deberías ir a averiguar al registro público de comercio del lugar y a la municipalidad. Ahí te pueden aportar datos del verdadero dueño
 #867345  por lenga
 
MUCHAS GRACIAS A TODOS POR SUS RESPUESTAS.
 #867417  por agentil
 
Vas a la peluqueria y mientras te cortas el pelo te fijas en la constancia de afip que tiene que estar a la vista.

También se lo mandaría al que en la practica es el empleador (paga el sueldo, da ordenes y directivas).

saludos!!
 #867473  por sanjuanino
 
agentil escribió:Vas a la peluqueria y mientras te cortas el pelo te fijas en la constancia de afip que tiene que estar a la vista.
JAMÁS (pero jamás) he visto una constancia de AFIP en una peluquería en San Juan...
 #867565  por lenga
 
HOLA COLEGAS. ME PARECE AGENTIL QUE TENES UNA CONFUSION RESPECTO AL TEMA DE LA AFIP.- CUANDO TENES EMPLEADOS REGISTRADOS EN UN COMERCIO SE DEBEN TENER A LA VISTA LAS RESPECTIVAS CONSTANCIAS DE LA AFIP, ES DECIR LAS ALTAS TEMPRANAS.EN MAR DEL PLATA FUNCIONA ASI, PORQUE TAMBIEN SOY DUEÑA DE UN COMERCIO Y LOS INSPECTORES TE VUELVEN LOCA.OTRA COSA ES A NOMBRE DE QUIEN SE ENCUENTRA HABILITADO UN COMERCIO; Y OTRA COSA DISTINTA ES LA COPIA DEL TELEGRAMA QUE ANTE LA AUSENCIA O INCORRECTA REGISTRACION DEBE ENVIARSE A LA AFP DENTRO DE LAS 24 HS. PARA QUE CORRAN LAS PERTINENTES INDEMNIZACIONES.:LA LEY DE EMPLEO ARTS. 7 A 15 DEBE CUMPLIRSE CON LA INTIMACION DEL ART. 11 DE LA QUE HABRA QUE REMITIR COPIA A LA AFIP DENTRO DE LAS 24 HS. DE CURSADA -CONFORME MODIFICACION POR LA LEY 25345.-.SALUDOS.--
 #867606  por agentil
 
lenga escribió:HOLA COLEGAS. ME PARECE AGENTIL QUE TENES UNA CONFUSION RESPECTO AL TEMA DE LA AFIP.- CUANDO TENES EMPLEADOS REGISTRADOS EN UN COMERCIO SE DEBEN TENER A LA VISTA LAS RESPECTIVAS CONSTANCIAS DE LA AFIP, ES DECIR LAS ALTAS TEMPRANAS.EN MAR DEL PLATA FUNCIONA ASI, PORQUE TAMBIEN SOY DUEÑA DE UN COMERCIO Y LOS INSPECTORES TE VUELVEN LOCA.OTRA COSA ES A NOMBRE DE QUIEN SE ENCUENTRA HABILITADO UN COMERCIO; Y OTRA COSA DISTINTA ES LA COPIA DEL TELEGRAMA QUE ANTE LA AUSENCIA O INCORRECTA REGISTRACION DEBE ENVIARSE A LA AFP DENTRO DE LAS 24 HS. PARA QUE CORRAN LAS PERTINENTES INDEMNIZACIONES.:LA LEY DE EMPLEO ARTS. 7 A 15 DEBE CUMPLIRSE CON LA INTIMACION DEL ART. 11 DE LA QUE HABRA QUE REMITIR COPIA A LA AFIP DENTRO DE LAS 24 HS. DE CURSADA -CONFORME MODIFICACION POR LA LEY 25345.-.SALUDOS.--
Yo hablo de a nombre de quien esta inscripto el comercio.

saludos!!