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  • NOTIFICACION DOMICILIO DEMANDADA URGENTE

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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #823936  por Javi2012
 
Estimados colegas le queria consultar lo siguiente: voy por el actor en un juicio en capital, sale la cedula con el traslado de demanda al domicilio legal que yo denuncie de la S.A demandada. Vuelve con el informe del oficial notificador que dice que una persona que dice ser ocupanate dijo que el requerido no vive mas alli, pido oficio a la IGJ y me informa como docimicilio legal el mismo donde fue la cedula.
Yo tenia pensado sacar nueva cedula bajo responsabilidad, pero un colega me dice que presente un escrito pidiendo se la tenga por notificada en ese domicilio y se la declare rebelde, sin volver a sacar otra nueva cedula. No encontre ningun fallo queria saber como ven Uds. el tema
 #823965  por eltam88
 
Adjunta el informe y hace como te dijo el colega, si te decin que no, pedís se libre nueva cédula.
 #823968  por sonicobcn
 
Coincido con Eltam, solo te agrego una cosa mas por si te pasa y necesitas averiguar rapido el domicilio de una sociedad, te vas al CPACF al entresuelo, ahi esta el boletin oficial, le pedis las publicaciones que tengan del tal empresa y ahi te imprimen las publicaciones, te va a salir el domicilio que denunciaron en la IGJ y las posibles modificaciones.
SAudos
 #824319  por andresxeneizes
 
yo entiendo que no esta notificada porque no le llego la cedula
lo que tenes que pedir es que la notifiquen a esa direccion y con domicilio constituido, ya que el art 90 inc 3 y art 11 de la LSC dice que el domicilio social es donde son validas todas las notificaciones
 #824952  por Le26
 
andresxeneizes escribió:yo entiendo que no esta notificada porque no le llego la cedula
lo que tenes que pedir es que la notifiquen a esa direccion y con domicilio constituido, ya que el art 90 inc 3 y art 11 de la LSC dice que el domicilio social es donde son validas todas las notificaciones
Comparto esta postura, si el oficial notificador no "pego la cédula en la puerta" la notificación no se realizó. El tema es el riesgo que hay si la cédula bajo responsabilidad no salió, porqué cuando se enteré el empleador de la rebeldía seguró que pedirá la nulidad de la notificación y entre traslados, resoluciones y demás te van a comer un monton de tiempo en primera instancia, como así también, corres el riesgo que si lo ganas en primera te lo den vuelta en cámara y volver a primera para continuar el juicio.
Yo perdería unas semanas más ahora y mandaría la cédula bajo responsabilidad.-
 #824969  por eltam88
 
Si la cédula se hubiere fijado estaría notificado y no sería necesario enviar nueva cédula
 #830102  por DrPower
 
eltam88 escribió:Si la cédula se hubiere fijado estaría notificado y no sería necesario enviar nueva cédula

Segun el CPCC, en un traslado de demanda, y en un domicilio denunciado, el oficial notificador tiene que indagar a quien responde preguntando por el requerido en este caso la S.A. mencionada, si le dicen que no vive ahi te vuelve de vuelta, en cambio si le dicen que si es ahi recien ahi la puede fijar en la puerta en el caso que no se la quieran recibir.

Saludos