HOLA !!!! Si una mujer que nacio el 01/03/46, nunca trabajo en su vida, y no tiene ningun aporte de ningun tipo que este en el anses registrado, esta bien la siguiente situacion de revista para poder jubilarla por medio de la moratoria: 04/1964 09/93 act 307 art. 3 ley 24476 desde 10/86 a 9/93, pero ahi serian 29 años y 5 meses, tengo que esperar a que pasen meses asi tomo el beneficio del 2 x 1??? no puedo tomar otro tipo de art o beneficio o ley para poder jubilarla ahora, ya que si tengo que esperar y la moratoria vence en abril, no podria jubilarse???
Gracias!!!!
Gracias!!!!