Les hago una consulta!!.
Un trabajador, que esta próximo a jubilarse, en mayo de este año solicito a su empleador los certificados del art 80 a fin de iniciar los trámites jubilatorios.
El trabajador empezó los tramites, y en este mes ya comenzará a cobrar el beneficio.
El tema es que el trabajador, antes de comenzar a cobrar su jubilación se dió por despedido!!... y en consecuencia ahora reclama el certificados de haber!!
Mi consulta es: Puedo alegar en la CD que ya se los dieron en mayo 2011, habiendo el suscripto la entrega, o está obligado el empleador a hacer unos nuevos??
Espero sus respuestas. Desde ya muchas gracias!!
Un trabajador, que esta próximo a jubilarse, en mayo de este año solicito a su empleador los certificados del art 80 a fin de iniciar los trámites jubilatorios.
El trabajador empezó los tramites, y en este mes ya comenzará a cobrar el beneficio.
El tema es que el trabajador, antes de comenzar a cobrar su jubilación se dió por despedido!!... y en consecuencia ahora reclama el certificados de haber!!
Mi consulta es: Puedo alegar en la CD que ya se los dieron en mayo 2011, habiendo el suscripto la entrega, o está obligado el empleador a hacer unos nuevos??
Espero sus respuestas. Desde ya muchas gracias!!
