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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #742147  por marialujan15
 
colegas buen dia, consulto tengo un cliente a quien hace 2 años le retienen aportes y no lo depositan (esto segun mi cliente y consulta en mis aportes de afip) el me dice de intimar a la empleadora a regularizar situacion, caso contrario se siente indirectamente despedido, es correcto esto? yo le hable del art. 132 pero el me trajo fallos de la CNT donde avala lo dicho.

alguien que me aclare un poco el panorama!!

gracias!
 #742163  por eltam88
 
Tu cliente parece tu abogado. Es causal de configurar injuria suficiente para denunciar el contrato. Eso si previamente intima.
 #742168  por diegoignacio
 
sin animo de ofender, el derecho laboral no es tu materia ya que sino sabes eso es porque no te dedicas pensa que el 80% de los despido que hay son de forma indirecta, no se pensalo... y contrata a tu cliente, eso si fijate cuanto te va a cobrar. saludos
 #742241  por GU
 
Ojo con el tema de considerarse despedido por los aportes. Hay casos en los que procede y casos en los que no, ya que el 132 bis habla del momento de la extincion.

La realidad es que se toma en cuenta el real perjuicio que la retencion sin aportes le provoca al trabajador. Vi fallos interesantes donde se rechazaba como injuria porque el trabajador era muy joven y todavia no afectaba su situacion previsional.

Tambien hay muchos fallos en los que se rechaza por haber ingresado el empleador a una moratoria, lo que no aparece en la consulta basica. Sobre esto hay mucha jurisprudencia de la Obra social de los Bancarios.

En fin, son temas discutibles. Tambien hay que diferenciar aportes previsionales de la obra social ya que el perjuicio es distinto en ese caso.

Salutes!
 #742288  por agentil
 
El perjuicio tiene que ser directo y que te perjudique en el día a día. En el caso de los aportes previsionales si no estás cerca de la edad jubilatoria no te perjudica como para rescindir el vinculo, ya que lo podés reclamar igual sin considerarte despedido. saludos!
 #742358  por eltam88
 
El tema hay que evaluarlo. Me apresuré en aseverarlo, por eso previamente te manifeste que intimes y veas cual es la actitud del empleador.
Encontrarás fallos de los más variados, pero hay un claro incumplimiento de las obligaciones laborales.
 #743049  por Conemsas
 
Como dice GU, es probable que en éste caso en particular no proceda el considerarse despedido, pero no se puede negar que hay obligaciones para con tu cliente que el empleador no esta cumpliendo.
Saludos.