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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #649135  por julietah
 
Estimados alguien me puede ayudar? necesito saber si en una causa acerca de despido indirecto por una enfermedad laboral ocurrida en 2006, cuya demanda se inicio en septiembre de 2007, en pcia de bs as, le corresponde la indemnizacion agravada o doble indemnizacion y si esta se aplica al demandado principal solamente o tambien al citado en garantia, es decir a la a.r.t.. muchas gracias
 #649162  por agentil
 
Fijate en infoleg la ley 25561. A la art no le podes cobrar por un despido ya que no es parte en el contrato de trabajo, saludos!!
 #684785  por MAYRA40
 
Perdon por la ignorancia, pero la ley 25.561 aun se sigue aplicando ??? Porque tengo entendido que no. Si alguien puede sacarme de la duda gracias
 #691632  por julietah
 
no ya fu derogada pero el me decia que me fije por que el caso en cuestion se produjo dentro de la vigencia de la misma
 #691737  por DAL
 
julietah escribió:Estimados alguien me puede ayudar? necesito saber si en una causa acerca de despido indirecto por una enfermedad laboral ocurrida en 2006, cuya demanda se inicio en septiembre de 2007, en pcia de bs as, le corresponde la indemnizacion agravada o doble indemnizacion y si esta se aplica al demandado principal solamente o tambien al citado en garantia, es decir a la a.r.t.. muchas gracias
Si es un caso abarcado por la ley, corresponde. Por ejemplo fijate que el inicio de la relación o sea posterior a 2003.
Solo agrava el despido, no indemnizaciones por enfermedad. Es decir, solo el 245, y no el 212.
 #692226  por julietah
 
Gracias Dal por la aclaracion, el inicio de la relacion fue en 2000 y el motivo de la interrupcion de la relacion laboral fue despido indirecto, la empresa se nego a darle tareas livianas y comenzo el intercambio epistolar solicitando tales tareas y ante la negativa la empleada se dio por despedida. A tu criterio, encuadra dentro de los terminos de la ley??? Gracias
 #692300  por DAL
 
Si, claro. Si probas que tenía razón en considerase despedida, cuando prospere el 245 tambien prospera el 16.
 #692304  por DAL
 
Ojo, si lo reclamaste-
 #692785  por julietah
 
Si se reclamó y la empresa nunca contesto la demanda por lo que se pidio se declare la rebeldia