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  • NO HICE EL TRASLADO DE LA CONTESTACION (!?)

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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #687133  por carpediem777
 
Buen dia colegas...el tema es el sig: voy por la demandada en un caso de trabajo totalmente en negro,(Lomas de zamora trib Nº 4) ya conteste la demanda, cuando lo hice omit agregar las copias para el traslado, por lo cual supuse que ni bien estuviera en letra me intimarian para que las agregue..PERO NO. El primer proveido fue el sig:

Lomas de Zamora, ... de Febrero de 2011.-

Proveyendo el escrito de fs. 45/51, tiénese por presentado, por parte en el carácter invocado, por denunciado el domicilio real y por constituído el procesal indicado.-

Dése por cumplido con lo dispuesto en los arts. 3ro. y 13 de las leyes 8480 y 6716.-

Proveyendo el escrito de fs. 54, agreguese la cedula acompañada y tengase presente.

Tiénese por contestada en término la demanda y de dicha contestación córrase traslado al accionante por el término de quinto día, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 29 de la ley 11.653.- NOTIFIQUESE, con copias.-

Previo a la apertura a prueba y sin perjuicio del estado del proceso, fíjase audiencia prevista en el art. 25 de la ley 11.653 para el día 18 del mes de marzo del año 2011 a las 12.00 horas, a la que deberán comparecer las partes personalmente bajo apercibimiento de imponer una multa de tres (3) a diez (10) Jus.- NOTIFIQUESE.-

Yo agregue, cuando estuvo en letra, una copia de la contestacion, pero YO nunca lleve cedula para que hagan el traslado ni nada, y tampoco vi que se notificara el abogado de la actora en el expte. sin embargo sale este proveido fijando la audiencia del 25, tengo que hacer el ttraslado yo o lo hace el tribunal????? a esta altura y siendo la audiencia este viernes...podria tener algun problema si no hice el traslado?????? en fin perdon por lo extenso se que no gusta leer post largos...S.O.S. :shock:
 #687253  por MORGAN
 
no pasa nada. la cédula de ese traslado la hace y diligencia el tribunal.