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  • DUDAS EN BASE DE CALCULO DE INDEMNIZACION

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #664335  por LauraS
 
Buenas tardes colegas. Tengo una serie de dudas muuuuuy basicas y hasta tontas, pero honestamente se me presentan al momento de contestar un traslado.

1.- La base de calculo tomada para el calculo de la indemnizacion, es la mejor remuneracion mensual, normal y habitual con deducciones o BRUTA?

2.- Me pasa que lo siguiente: la demandada, en su escrito de contestacion de demanda, me impugna la base de calculo tomada porque dice que mi cliente nunca percibio tal remuneracion. Lo absurdo es que junto con el traslado y como documental me acompaña el Certificado de Trabajo, consignando el detalle de haberes percibidos, aportes y contribuciones. Cuando lo examino, no solo encuentro consignada la remuneracion que tome como base de calculo y que la demandada me impugna, SINO QUE ADEMAS, ENCUENTRO UNA SUPERIOR A LA IMPUGNADA!!! jaja!! con lo cual, rectifico la base de calculo, pero denunciando esta remuneracion superior y practico nueva liquidacion en base a esa?????? (al parecer la demandada en su defensa fabrica prueba en contra!)

Gracias a todos los que puedan aportar a estos interrogantes. No se si es la hora, el calor, o la altura del año, pero la verdad que las neuronas ya no me responden...

Atte
 #664341  por carastec
 
LauraS escribió: 1.- La base de calculo tomada para el calculo de la indemnizacion, es la mejor remuneracion mensual, normal y habitual con deducciones o BRUTA?
Siempre valores BRUTOS.

LauraS escribió: junto con el traslado y como documental me acompaña el Certificado de Trabajo, consignando el detalle de haberes percibidos, aportes y contribuciones. Cuando lo examino, no solo encuentro consignada la remuneracion que tome como base de calculo y que la demandada me impugna, SINO QUE ADEMAS, ENCUENTRO UNA SUPERIOR A LA IMPUGNADA!!!
Aprovechando que te corrieron el traslado para ofrecer prueba (en el procedimiento de Nación); en la pericia contable, no dejes de poner algo "induciendo" al perito a que tome eso como base de cálculo:

a) El Sr. Perito deberá determinar el monto de la mejor remuneración mensual, normal y habitual, en función de los recibos y el certificado acompañado por la contraparte. Especialmente, indicará si en base al sueldo de ...... indicado para el mes .......... en el certificado de remuneraciones y servicios, la MRMNH fue de $ .........
En caso contrario, indicará la MRMNH para el supuesto de prosperar la demanda en todas sus partes en función de los hechos denunciados.
Para el supuesto de constar en recibos aumentos catalogados de "no-remunerativos" por CCT, deberá considerar los mismos como remunerativos e integrantes de la base de cálculo, atento no resultar la asignación del carácter remunerativo o no de un aumento, materia de disponibilidad colectiva."

Es una idea...
 #664346  por LauraS
 
Genial tu idea!! Mil gracias por tu contribucion!!

Muy feliz comienzo de 2011 y ahora si, buena feria!!!!
 #664490  por flux
 
1.- La base de calculo tomada para el calculo de la indemnizacion, es la mejor remuneracion mensual, normal y habitual con deducciones o BRUTA?
Estas por el empleado, toma el valor en bruto.

Estas por el empleador, toma el valor en neto.

Creo que hay algunos fallos divididos en ese tema.
 #664579  por carastec
 
Para la base de cálculo indemnizatoria, se toma SIEMPRE el BRUTO.

En cuanto a los conceptos que llevan deducciones, como podría ser los días del último mes trabajado, también se calculan a valores brutos. Pero por acordada del año de la escarapela (que ahora como estoy en casa no tengo el número), el Juez debe ordenar deducir y depositar las retenciones. Si no lo hiciera, el empleador puede peticionarlo, ya que sino estaría abonando las retenciones (aportes) dos veces.