Buenas nochessssssss. Tengo un caso que encuadraria dentro del 229 LCT.
El asunto es que la empresa cedente registro tardiamente a mi cliente. Y yo intime a la cesionaria, quien nego real fecha de ingreso por mi denunciada. Intenta ampararse en que el contrato de trabajo fue cedido y por ello no se responsabiliza por las falencias de la cedente...
Esto es asi??? No responde la cesionaria por todas las falencias de la cedente, como mecanismo para evitar el fraude laboral??
Dato Adicional: Cedente y cesionaria tienen la misma composicion de Directorio (Al menos Presidente y Presidente Suplente son la misma persona). En el juicio la cesionaria me esta pidiendo la citacion de la cedente como 3ro interesado... Es conveniente, o me opongo y prosigo contra la cesionaria por solidaridad y despues que se arreglen entre ellas ???
Mil gracias por su ayuda!!
El asunto es que la empresa cedente registro tardiamente a mi cliente. Y yo intime a la cesionaria, quien nego real fecha de ingreso por mi denunciada. Intenta ampararse en que el contrato de trabajo fue cedido y por ello no se responsabiliza por las falencias de la cedente...
Esto es asi??? No responde la cesionaria por todas las falencias de la cedente, como mecanismo para evitar el fraude laboral??
Dato Adicional: Cedente y cesionaria tienen la misma composicion de Directorio (Al menos Presidente y Presidente Suplente son la misma persona). En el juicio la cesionaria me esta pidiendo la citacion de la cedente como 3ro interesado... Es conveniente, o me opongo y prosigo contra la cesionaria por solidaridad y despues que se arreglen entre ellas ???
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"Todos somos ignorantes. Pero no todos ignoramos lo mismo" (Albert Einstein)
