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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #648071  por lkgomez
 
Buenas tardes a todos!
Quisiera hacerles una consulta.
Tengo un cliente que se encuentra imposibilitado para trasladarse ni movilizarse, motivo por el cual no va a poder firmar los formularios de ANSeS (solicitud de prestaciones previsionales, carta poder, etc.).
Tiene a su hija, la cual posee un poder general. Ellos viven en la pcia. de Tucumán.
Tendría que viajar la hija para acá e ir ella a la Comisaría para hacer certificar su firma?
Perdón la molestia, pero no sé como proceder en este caso particular.
Muchas gracias a todos por la ayuda que puedan darme!
Laura.
 #648100  por varelamariac
 
disculpa , porque no hace el tramite en Tucumán?????

El poder tiene que decir especificamente la palabra tramite jubilatorio sino aunque sea gran no sirve.
Además vas a hacer venir la hija al divino botón , pregunta bien en ANSES, te tiene que traer certificado de supervivencia.
Pero insisto , creoque le conviene presentarlo en Tucumán
 #648109  por lilita09
 
lkgomez escribió:Buenas tardes a todos!
Quisiera hacerles una consulta.
Tengo un cliente que se encuentra imposibilitado para trasladarse ni movilizarse, motivo por el cual no va a poder firmar los formularios de ANSeS (solicitud de prestaciones previsionales, carta poder, etc.).
Tiene a su hija, la cual posee un poder general. Ellos viven en la pcia. de Tucumán.
Tendría que viajar la hija para acá e ir ella a la Comisaría para hacer certificar su firma?
Perdón la molestia, pero no sé como proceder en este caso particular.
Muchas gracias a todos por la ayuda que puedan darme!
Laura.
Buenas tardes Laura, que certifique firma en carta poder ante la clinica donde se asiste, sello del director.
fijate si no hubiera aportes podes hacerle el tramite por la web,suerte.
 #648158  por lkgomez
 
Gracias por las respuestas!
Lilita: Tiene algunos años trabajados en relación de dependencia. Siendo así no puedo iniciarlo vía web, verdad?
 #648166  por lilita09
 
lkgomez escribió:Gracias por las respuestas!
Lilita: Tiene algunos años trabajados en relación de dependencia. Siendo así no puedo iniciarlo vía web, verdad?
Depende cuantos años,para no perjudicar al cliente. Pero como poder............
 #648264  por lkgomez
 
lilita09 escribió:
lkgomez escribió:Gracias por las respuestas!
Lilita: Tiene algunos años trabajados en relación de dependencia. Siendo así no puedo iniciarlo vía web, verdad?
Depende cuantos años,para no perjudicar al cliente. Pero como poder............
Tiene 7 años y 10 meses en relación de dependencia. Puedo declarar esto y enviarlo vía web???