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  • NUEVOS F102/B 575/B, OBLIGATORIEDAD.

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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #644716  por Sacul75
 
Hola a todos!! Realice un SICAM comprando SDM. El mismo fue enviado un dia antes de entrar en vigencia la RG 2958 Afip, es decir el 10 de noviembre. Mi consulta es si el hecho de haber enviado el SICAM antes de estar vigente la Res. 2958 me da derecho a utilizar los formularios 102 y 575 "viejos". Se los consulto, porque hoy los iniciadores de ANSES ni conocian la nueva norma. Muchas gracias.-
 #644725  por dramamita
 
yo opino que lo que se tiene en cuenta es el momento de efectuar el pago, si en el banco te toman los viejos no hay problemas en seguir utilizandolos. Todavia en pagina de {}afip no se visualizan.
 #644730  por loli2009
 
yo hice la misma pregunta hoy en anses pacifico y me dijeron que no tienen idea de los nuevos formularios que ellos seguian aceptando los tramites con los formularios viejos.

Imaginate que los empleadores que pagan sdm real ni se enteran que hay nuevos formularios para hacerlo y siguen pagando con los anteriores. El unico modo que se enteren es que en el banco no se los acepten mas.
 #644737  por dramamita
 
con cada cambio de formularios de AFIP pasa igual........se siguen pagando con los viejos hasta que se generaliza el uso del nuevo, no es trascendennnnnnnnte el cambio
 #644834  por arielruiz86
 
Pero si te fijas bien son casi iguales los form, es mas, mientras no tengas que pagar los intereses capitalizables siguen los mismos codigos para los otros item, osea, el tiket de pago que te va a dar el cajero sigue siendo igual si no me equivoco.
 #645094  por Marcelo43
 
Mi clienta pagó en octubre todos los períodos SDM a $20 y $ 23, ahora que lo presento el miércoles, no se que me van a decir en la UDAI.
 #645095  por Marcelo43
 
El SIAM lo envié el 1/11, no se que puede pasar el día del turno, por que me figuran pagos esos períodos, así que no le hice sicam por los mismos.
 #645139  por arielruiz86
 
Y cual es el problema? mientras tengas cargado en la situacion de revista los periodos de SDM y el detalle de deuda en cero o con los intereses pagos adjuntando los corresp tickets no veo cual es el problema.
 #645165  por Marcelo43
 
Si de acuerdo, el tema es que no cargué en la situación de revista los períodos SDM. Ahí saltó todo este embrollo. Error cometido, por eso ahora tengo que hacer todo de nuevo y volver a pagar el anticipo.
 #645179  por paulini
 
En el F. 102, cuando pones la cantidad de horas trabajadas para pagar $ 20.00 dice menos de 12 horas semanales. El viernes una iniciadora me dicjo que para pagar $ 20.00 tienen que ser menos de 12 horas mensuales. No la inicie porque si pongo menos de 12 horas mensuales y no semanales el monto percibido me resulta muy excesivo.
El formulario para mí es claro que son de 5 a 12 horas semanlaes. Gracias por la ayuda.
 #645209  por juanci
 
Hoy pague con el nuevo f575-b un interes codigo 052 de $ 0,20 centavos, y en el ticket me salio f-575, si bien el sistema rapipago lo tomo, cosa que antes no hacia, no sale la nueva referencia F.575-B. voy a esperar unos dias a ver como sale en el sicam y si los tomo en forma correcta.
 #645232  por FLORCITA73
 
paulini escribió:En el F. 102, cuando pones la cantidad de horas trabajadas para pagar $ 20.00 dice menos de 12 horas semanales. El viernes una iniciadora me dicjo que para pagar $ 20.00 tienen que ser menos de 12 horas mensuales. No la inicie porque si pongo menos de 12 horas mensuales y no semanales el monto percibido me resulta muy excesivo.
El formulario para mí es claro que son de 5 a 12 horas DESDE 6 A MENOS DE 12 semanlaes. Gracias por la ayuda.

Paulini:

Los mismos formularios y el anexo son muy claros en su diseño,
Fijate que el 102- Rubro I- en la primera opcion dice horas semanales trabajadas- desde 6 a menos de 12 $ 20-
De igual manera el Anexo discrimina bien claro . No se entiende el error de concepto y mucho menos que no te dejen iniciar.
 #645281  por paulini
 
Florcita gracias por la respuesta. Yo siempre pense que las 6 a 12 hs. eran semanales, pero me rechazo inicio con tanta seguridad que dude.
Tra pregunta en el nuevo F. 575 intereses se siguen pagando con codigo 051? y el 052 para que es. Gracias
 #645304  por NORMA
 
paulini escribió:en el nuevo F. 575 intereses se siguen pagando con codigo 051? y el 052 para que es. Gracias
 #645332  por FLORCITA73
 
paulini escribió:Florcita gracias por la respuesta. Yo siempre pense que las 6 a 12 hs. eran semanales, pero me rechazo inicio con tanta seguridad que dude.
Tra pregunta en el nuevo F. 575 intereses se siguen pagando con codigo 051? y el 052 para que es. Gracias

Si. En el F. 575 ahora aparece un casillerito más que es para el código 896-052.

Fijate que cuando calculamos los intereses con la calculadora de afip, si es que pagaste primero el capital y otro dia los intereses, te aparece en el detalle de lo que debés los intereses resarcitorios, más los intereses capitalizables.

Los intereses resarcitorios van en el casillerito del código 896- 051 ( como siempre ), y los intereses capitalizables van en el otro casillerito 896-052.

Cuando se paga el mismo dia el capital mas los intereses, no aparece discriminado en el cálculo de la calculadora de afip los intereses capitalizables porque no hay intereses capitalizables.

Si digo mal por favor corríjanme.