Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • RETIRO POR INVALIDEZ

  • Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #623103  por supernova
 
Buenas Noches estimados foristas me llego un caso de retiro por invalidez y es la primera vez que voy a iniciar este tipo de tramite. Les planteo mi caso:
Es una persona que tiene 61 años de edad el ultimo aporte ingresado es en 2005/06 . Siempre trabajo en relacion de dependencia tiene aportado 12 a. y 3 m. y 1 a. por desempleo. Segun los requisitos para aportante regular necesito los 30 m dentro de los 36 meses que no los cumple. y la otra opcion es completar los 30 años de servicio; por la edad y los periodos en que aporto podria completar los 30 años con la moratoria 24476 ? En prestacion solicitada en el sicam que ingreso jubilacion ? Es necesario para aplicar la moratoria que haya estado afiliado como autonomo o la adhesion al plan ya lo habilita??

Gracias.-
 #623115  por periquita
 
Hola
La adhesión al plan ya lo habilita.

Fijate que con 12 meses aportados en los últimos 60 necesita completar 15 en vez de 30

Saludos
 #623127  por analia5377
 
Hola foristas!
Quisiera consultarles si hay diferencia respecto al haber que cobrará un RTI si lo solicita como aportante regular o irregular.
Según la 24241 el RTI el haber como aportante regular es el 70% y como irregular el 50%.
En un caso que solicité con SICAM de 30a, le liquidaron el haber con el valor de una jubilación mínima, entonces ¿habrá diferencia en el haber mensual cuando lo solicite como aportante irregular (18/36 ó SICAM con 15a) o en todos los casos terminan cobrando una jubilación mínima?
Gracias por su ayuda desinteresada. Saludos
 #623172  por periquita
 
analia5377 escribió:Hola foristas!
Quisiera consultarles si hay diferencia respecto al haber que cobrará un RTI si lo solicita como aportante regular o irregular.
Según la 24241 el RTI el haber como aportante regular es el 70% y como irregular el 50%.
En un caso que solicité con SICAM de 30a, le liquidaron el haber con el valor de una jubilación mínima, entonces ¿habrá diferencia en el haber mensual cuando lo solicite como aportante irregular (18/36 ó SICAM con 15a) o en todos los casos terminan cobrando una jubilación mínima?
Gracias por su ayuda desinteresada. Saludos
Depende de como sea cada situación, si se hace con moratoria (al igual que una jubilación ) casi seguro que será la mínima para los 2 casos porque es una MÍNIMA
Si los últimos aportes son en relación de dependencia y las remuneraciones son medianas o altas habrá diferencia entre el 50 y el 70 % del promedio o haber base que corresponde a cada uno.
Saludos
 #623330  por supernova
 
Gracias por la repuesta periquita, con referencia a los 15 años no se puede ya que no le dan los 12 m. dentro de los 60.
Pregunta cuando se hace el sicam en prestacion solicitada que corresponde Jubilacion u otra cosa?