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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional

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 #619621  por Maria V.
 
Hola Foristas!!
Hoy estuve en Anses UDAI I de bahia blanca, con la siguiente consulta:
Tengo el caso de un sr. que pago, hace casi un año, SDM desde 05-2000 hasta 12-2000 por $ 43 por mes (obviamente no pago los intereses). La cuestion es que haciendo las cuentas no los necesitaria (los pago de gusto), comento esto en Anses y la respuesta fue que debia si o si incluirlos en el SICAM, y pagar los intereses (aunque no necesite ese periodo), ademas de explicarme que no se podian prescribir.
Y aunque el turno se solicite antes del mes de Octubre ellos exigiar el Sicam en cero por lo que respecta a SDM. Alguno tiene alguna opcion para no pagar los intereses por ese periodo que no los necesitariamos para completar los 30 años???.
Espero su ayuda, que siempre es muy util!!! Muchas gracias.
 #620065  por dramamita
 
holaaaaa

podes intentar con RESERVA DE DERECHO, citando en la SPP en observaciones los periodos a los cuales renuncias, siempre que el señor tenga excedente de edad para compensar
saludos
 #620186  por MARIO1943
 
Maria V. escribió:Hola Foristas!!
Hoy estuve en Anses UDAI I de bahia blanca, con la siguiente consulta:
Tengo el caso de un sr. que pago, hace casi un año, SDM desde 05-2000 hasta 12-2000 por $ 43 por mes (obviamente no pago los intereses). La cuestion es que haciendo las cuentas no los necesitaria (los pago de gusto), comento esto en Anses y la respuesta fue que debia si o si incluirlos en el SICAM, y pagar los intereses (aunque no necesite ese periodo), ademas de explicarme que no se podian prescribir.
Y aunque el turno se solicite antes del mes de Octubre ellos exigiar el Sicam en cero por lo que respecta a SDM. Alguno tiene alguna opcion para no pagar los intereses por ese periodo que no los necesitariamos para completar los 30 años???.
Espero su ayuda, que siempre es muy util!!! Muchas gracias.
LO QUE DICE DRAMAMITA, ESTA PREVISTO EN LA CIRCULAR 30/10, PERO AUNQUE NO TENGA EXCEDENCIA DE EDAD ES VALIDO, SIEMPRE Y CUANDO REUNA EL TOPE,
TRANSCRIBO PARTE DE LA 30/10,

Las diferencias a considerar son:

• Si pagó $ 20,00 la contribución es de $ 12,00 (que refleja el SIPA bajo el código 001) y
por lo tanto debe integrar $ 23,00 por cada mes a computar

• Si pagó $ 39,00 la contribución es de $ 24,00 (que refleja el SIJP bajo el código 001 y
por lo tanto debe integrar $ 11,00 por cada mes a computar

El ingreso de las diferencias mensuales se efectuará mediante el volante de pago F. 575
(Anexo IV)
"2010 - Año del Bicentenario de la Revolución de Mayo"

Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social


La falta de pago de dichas diferencias será causal de denegatoria de la PBU, salvo que
con los restantes servicios o en virtud de la compensación establecida en el art. 19 de la
Ley Nº 24.241 reúna el extremo de servicios con aportes exigibles para su logro.