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  • Régimen regularización Ley 25865???

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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #618615  por lkgomez
 
Estimados foristas: Quisiera hacerles una consulta: Tengo una clienta que vino para iniciar su trámite jubilatorio.
Ella se ha acogido al régimen de regularización ley 25865. Cuando me meto en el Sicam, en planes de facilidades presentados, me aparece que el plan ya se encuentra cancelado y además me aparecen todos los pagos.
Pero cuando hago la situación de revista, y voy a Detalle de deuda, todos esos períodos me aparecen con deuda.
Me dijeron en Afip que: "Debido a que los pagos efectuados a través de los planes de facilidades de pago, aún no se encuentran cargados en el primer módulo del SICAM, para solicitar el beneficio previsional, el sistema seguirá exponiendo la deuda original incluida en el plan de pagos, debiendo por ello el contribuyente de presentar en ANSES:
- F.558/A/B/C.
- Detalle de la deuda (se imprime desde el botón "Detalle Deuda" del 1° módulo del Sicam).
- Detalle de deuda regularizada a través del Plan de Facilidades de Pago.
- F.159.
- Acuse de Recibo de la adhesión al plan.
- Comprobantes de pago emitidos por el banco.
De esta forma podrá iniciar el trámite, aunque el F558/A se presente con deuda.
Es esto correcto???? Grcias por sus respuestas y opiniones, como siempre!
Laura.
 #618687  por norap
 
Laura: yo presente uno hace ya un tiempito y acompañé toda la documentación respaldatoria de la moratoria, los pagos que eran con débito en la cta. cte. certificada por el Banco y una nota explicando la situación y me lo tomaron y se jubiló, espero te sirva. Suerte
 #618737  por manolo22
 
Si se puede presentar...fijate que los periodos que salen deuda coincidan con la deuda regularizada de la moratoria 25865.

Tenés que imprimir todo lo correspondiente a esa moratoria al presentar el tramite.
 #620046  por lkgomez
 
Con la 25865 junta 16 años, luego tiene de enero de 2004 a la fecha como monotributista cat. G (serían 6 años y 9 meses) y por último tiene trabajados como policía 10 años, años que por supuesto no fueron utilizados por dicha caja ni se superponen con autónomos. Tengo el expediente de reconocimiento de servicios donde consta que no se han utilizado esos aportes para ningún beneficio. Con todo eso llego a los 30 años y me sobra algo. Es correcto lo que digo? Sobre todo el tema de su trabajo como policía???
quote="dramamita"]y llega a los años de aportes requeridos con la 25865 solamente?????? o tenes que agregar años????[/quote]
 #620048  por dramamita
 
es correcto lo que decis de la caja de policia, se transfieren los aportes para anses. Pero para mi vas a tener que liquidar nuevo sicam, ya que tiene aportes hasta hoy.