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  • INSTRUCCIONES AFIP SOBRE PAGOS SSDD FUERA DE TERMUNO

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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #612339  por lucchesi
 
Hola, por si no lo leyeronID 13094767
Evento 2600 - Si al realizar una liquidación como trabajador del Servicio Doméstico utilizando el servicio SICAM, a los fines de solicitar un beneficio previsional, la misma arroja periodos con deuda ¿con qué formularios debo abonar los mismos?
24/06/2010 12:00:00 a.m.


El saldo de deuda resultante de la mencionada liquidación deberá ser cancelado en las entidades bancarias habilitadas, mediante los formularios F.102 y F.575 o mediante el procedimiento previsto en la Resolución General Nº 1778.( Volante electrónico de pago).



Si existen obligaciones adeudadas o canceladas fuera de término correspondientes al pago obligatorio por parte del dador de trabajo del Servicio Doméstico, tanto capital como intereses deberán calcularse de acuerdo al monto original compuesto por la contribución al Régimen Nacional de Seguridad Social y aporte con destino a la obra social. Los mismos deberán ser ingresados mediante el F. 102


En cambio, de tratarse de aportes voluntarios, únicamente será exigible capital e intereses de contribuciones con destino al Régimen Nacional de Seguridad Social, el que deberá cancelarse mediante el F. 575.





Fuente: CIT AFIP
 #612796  por lucchesi
 
Hola.: De acuerdo a las instrucciones de la AFIP, se deben pagar intereses con el Form. 102 sobre $ 20.00 - te hago la alcracion que en la deuda que aparece en el SICAM, solo la calculan sobre $ 12.00 de aportes no así sobre los $ 8.00 de Obra
Social) y usar el For. 575 para pagar los intereses s/ $ 23.00. Yó aconsejaría pagar sobre todo`para evitar sosrpresas. Saludos
 #612858  por laulau
 
Hola: los intereses se pagan sobre todo el importe, o sea sobre los $ 20 en el 102 y sobre los $ 23 en el 575.
Si pagás solo sobre $ 12 como sale en Sicam, el pago te lo imputan una parte a intereses sobre contribución previsional y otra parte a intereses obra social, asi que te van a faltar siempre $$$$!!!!
Saludos. Laura
 #612991  por turca1952
 
Hola, el volante de pago al que se refiere la AFIP, es el 799/E, no? es el unico con el cual los intereses del sicam mas unos centavos proque no siempre se pagan el mismo dia, pero si al momneto de hacer el SICAM , lo envias , esos intereses no aumentan y entonces se reflejan tal como estan en detalle de deuda, por mi parte hice dos experiencias y em resultaron perfectas, el dia lunes presente con SDM en UDAI TIGRE y ya salieron otorgadas y confirmadas, es un minimo aporte para tanta duda, suerte
 #613012  por MARIO1943
 
lucchesi escribió:Hola, por si no lo leyeronID 13094767
Evento 2600 - Si al realizar una liquidación como trabajador del Servicio Doméstico utilizando el servicio SICAM, a los fines de solicitar un beneficio previsional, la misma arroja periodos con deuda ¿con qué formularios debo abonar los mismos?
24/06/2010 12:00:00 a.m.


El saldo de deuda resultante de la mencionada liquidación deberá ser cancelado en las entidades bancarias habilitadas, mediante los formularios F.102 y F.575 o mediante el procedimiento previsto en la Resolución General Nº 1778.( Volante electrónico de pago).



Si existen obligaciones adeudadas o canceladas fuera de término correspondientes al pago obligatorio por parte del dador de trabajo del Servicio Doméstico, tanto capital como intereses deberán calcularse de acuerdo al monto original compuesto por la contribución al Régimen Nacional de Seguridad Social y aporte con destino a la obra social. Los mismos deberán ser ingresados mediante el F. 102


En cambio, de tratarse de aportes voluntarios, únicamente será exigible capital e intereses de contribuciones con destino al Régimen Nacional de Seguridad Social, el que deberá cancelarse mediante el F. 575.





Fuente: CIT AFIP

LO DICE YA LA CIRCULAR 35/10, QUE CUANDO SE PAGA SOLO CON EL FORMULARIO 575, VA A SALIR UNA LEYENDA EN DETALLE DE DEUDA, QUE DIGA APORTES SOLO PAGADOS POR EL TRABAJADOR, QUEDANDO DE ESTA FORMA EVIDENCIADO QUE EL DADOR NO PAGO, Y LA UDAI DECIDIRA,