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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #612185  por pety
 
HOLA LES CUENTO MI CLIENTE TIENE UNA INSCRIPCION 10/1963 EN CATEGORIA 002!! EN DATOS PERSONALES CONTINUA CON ESTA CATEGORIA HASTA EL 02/2007.-
SEGUN LA 555 TENGO QUE RESPETAR TODO!!!LO CARGO Y SOLO TIENE UN PAGO DE 10/1963.-
LIQUIDO , PRECRIBO CON 25321 LO QUE ME QUEDA DESPUES DEL 09/1993, APLICO CON ART. 3 24476, 7 AÑOS DE BENEFICIO, PERO ME DA UNA CUOTA DE 902$!!!!! UNA BARBARIDAD!!!!! HAY ALGUNA MANERA QUE SE LES OCURRA DE SOLUCIONAR ESTE PROBLEMA????
YO PENSE EN PRESCRIBIR EN LA SRO Y VOLVER A COMPRAR EN LA AMPLIADA CON DIFERENTE CATEGORIA. ESTO SE PODRA HACER??? POR FAVOR ESCUCHO SUS OPINIONES!!! GRACIAS...
 #612194  por lilita09
 
Pety buen dia, primero art.3, 7 años nooo, si en datos personales aparece hasta 2007 art. 3 1 año. lee el post conclusiones de la 555 te va a sacar muchas dudas.
 #612201  por hugo2
 
lilita09 escribió:Pety buen dia, primero art.3, 7 años nooo, si en datos personales aparece hasta 2007 art. 3 1 año. lee el post conclusiones de la 555 te va a sacar muchas dudas.
Por desgracia es lo que tambien me dijeron, hay que respetar las fechas de inscripcion y de cese que figuran el el puc, aun cuando nunca pagaron autonomos, de lo contrario para modificar la fecha de cese pedir el cese retroactivo en afip acompañando las pruebas que soliciten.
 #612317  por Lucasberta
 
Hola
Es seguro que hay que respetar la fecha de cese o se puede seguir aplicando la 25.321 tengo dos casos iguales con cese en el PUC 02/2007 lo cual renuncie y aplique 7 años ddjj. No sé que hacer?
gracias.
 #612319  por lilita09
 
Lucas por lo que entendi pode3s usar por ahora la 25321, pero para el cese debes respetar el 2007,suerte.