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  • Hijo Insano. Dos pensiones derivadas. Puede?

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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #611398  por mirtalucia
 
Hola a todos. Necesito ayuda, porque o bien siempre estuve equivocada o en ANSeS ya dicen cualquier cosa. Tengo el caso de un hijo insano, su hermana será su curadora y a fin de realizar la curatela vino a verme. En enero falleció su mamá quien era pensionada (pensión derivada por el fallecimiento de su marido jubilado en 1991) y luego jubilada por moratoria. La hermana se presentó en ANSeS a iniciar las dos pensiones y le dijeron que solo podía hacer una.
Tengo entendido que cuando se trata de pensiones para hijos discapacitados derivadas de dos beneficios distintos, puede acceder a los dos, ya que justamente se trata de una protección para el hijo discapacitado ante la eventualidad del fallecimiento de ambos padres. Aclaro que la mamá nunca lo incluyó a él en la Pensión que venía percibiendo.
Además de eso, en ANSES ya me dijeron que si la curatela no estaba para dentro de un mes (plazo que le dieron para presentar la curatela definitiva) iban a denegar el beneficio. Para esto haré una presentación a fin de que "ENTIENDAN" que la curatela es una institución para resguardar los bienes del curado y no para determinar el derecho al beneficio o no. En todo caso, deberán acordar y suspender el beneficio ¿o estoy equivocada?
Espero haber sido clara y gracias por la ayuda.
 #611616  por periquita
 
Hola mirtalucia.

Puede tener los 2 beneficios siempre y cuando demuestre que a la fecha del fallecimento del padre, 1991, estaba discapacitado y dependía de él (esto último es más obvio si estaba discapacitado, pero como no incluyeron en su momento en la pensión ….) Dictamen ANSES GAJ Nº 33.433/06 del 6-10-06.

Con respecto a la curatela hay un criterio más reciente que tiene que aplicar ANSES, estoy buscando la normativa y no la encuentro, luego te la paso. Pero dice que hay que citar a los familiares para que cobre un apoderado si el titular no está en condiciones de hacerlo, pero no se le puede suspender si es el único ingreso y menos denegar. Y que ANSES no puede declarar insanía, que sólo se limita a informar al Ministerio Público...

Saludos
 #611761  por mirtalucia
 
periquita escribió:Hola mirtalucia.

Puede tener los 2 beneficios siempre y cuando demuestre que a la fecha del fallecimento del padre, 1991, estaba discapacitado y dependía de él (esto último es más obvio si estaba discapacitado, pero como no incluyeron en su momento en la pensión ….) Dictamen ANSES GAJ Nº 33.433/06 del 6-10-06.

Con respecto a la curatela hay un criterio más reciente que tiene que aplicar ANSES, estoy buscando la normativa y no la encuentro, luego te la paso. Pero dice que hay que citar a los familiares para que cobre un apoderado si el titular no está en condiciones de hacerlo, pero no se le puede suspender si es el único ingreso y menos denegar. Y que ANSES no puede declarar insanía, que sólo se limita a informar al Ministerio Público...

Saludos
Gracias Periquita! Estaba segura que era asi. Pero ANSeS en estos ultimos tiempos ¨modificó a su gusto¨ tanta legislación, jurisprudencia y doctrina, que ya estoy mareada.