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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #604640  por agus1208
 
hola, les pregunto ya que no hago nada de previsional.
me podran decir que normativa regula las jubilaciones anticipadas? creoq ue esta bien decirlo asi.
la cuestion es que mi cliente, tuvo accidente de trabajo, la junta medica le dio 17,25% de incapacidad, pero este hombre n o quiere volver a trabjar aunque le hayan dado tareas livianas.
la cuestion es que tiene 31 años de aportes segun recibo de sueldo, y 62 años de edad. es empleado municipal, dentro de la provincia de Buenos AIres.
puede pedir la jubilacion anticipada? que requisitos debe tener?, o para no cumplicarlos muhcos a ustedes, les pido, que leyes lo regulan para poder jubilarlo, aunque creo que hata que no cumpla los 65 años no cobrara la totalidad del haber jubilatorio.
po ultimo, esto tramitaria ante el IPS o ANSES?
desde ya muchas gracias
 #604654  por lilita09
 
Agus buen dia el tema es que con ese porcentaje no llega para una RTI, y la anticipada no existe.
 #604667  por Hermi
 
Hola, por lo que leo es un trabajador municipal provincial, con lo cual es probable que sus aportes vayan al IPS instituto de prev. social, de la provincia...fijate bien primero cuál es su caja previsional y si sí es ANSeS, ahí tendras q presentar un trámite de retiro por invalidez, que quedará supeditado al porcentaje de incapacidad que le den nuevamente en la Comisión Médica (más del 66%)
 #605731  por Calderons
 
agus1208 escribió:hola, les pregunto ya que no hago nada de previsional.
me podran decir que normativa regula las jubilaciones anticipadas? creoq ue esta bien decirlo asi.
la cuestion es que mi cliente, tuvo accidente de trabajo, la junta medica le dio 17,25% de incapacidad, pero este hombre n o quiere volver a trabjar aunque le hayan dado tareas livianas.
la cuestion es que tiene 31 años de aportes segun recibo de sueldo, y 62 años de edad. es empleado municipal, dentro de la provincia de Buenos AIres.
puede pedir la jubilacion anticipada? que requisitos debe tener?, o para no cumplicarlos muhcos a ustedes, les pido, que leyes lo regulan para poder jubilarlo, aunque creo que hata que no cumpla los 65 años no cobrara la totalidad del haber jubilatorio.
po ultimo, esto tramitaria ante el IPS o ANSES?
desde ya muchas gracias
NO EXISTEN A LA FECHA JUBILACIONES ANTICIPADAS, SI HAY RUMORES EN EL CONGRESO PERO SON ESO, RUMORES. PARA RTI NO LE DA EL PORCENTAJE, ASUMO QUE SI SE LE DICTAMINO ESE PORCENTAJE, ABONO LA ART. EL DAÑO. A COMO ESTAN LAS COSAS HOY, NO PODES TRAMITARLE BENEFICIO ALGUNO, PARA PODER ACCEDER A RTI, 66% EN ANSES, 70% EN IPS...SALUDOS
MARCELO