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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #603799  por dieguin
 
Hola, una farmaceútica de 67 años de edad, boliviana, colegiada en Salta, y que tiene sentencia en contra en juicio por cobro de pesos (falta de pago de aportes a la caja de farmaceúticos), puede iniciar su trámite de jubilación???
 #603820  por Calderons
 
dieguin escribió:Hola, una farmaceútica de 67 años de edad, boliviana, colegiada en Salta, y que tiene sentencia en contra en juicio por cobro de pesos (falta de pago de aportes a la caja de farmaceúticos), puede iniciar su trámite de jubilación???
CON TAN POCOS DATOS ES COMPLICADO VERTIR OPINION, PERO TIENE UNA ACCION JUDICIAL DE LA PROPIA CAJA POR NO ABONARLA? LO MEJOR SERIA REGULARIZAR ESE TEMA PRIMERO, PERO COMO DIJE, LOS DATOS QUE BRINDAS SON ESCASOS..SALUDOS
MARCELO
 #603997  por celiaEsc
 
Claro, estoy de acuerdo con lo que te dice, además no puede venir a la ciudad Autónoma y hacerse una moratoria, porque la caja otorgante es en la que más aportes posee, y ella tiene una deuda, o sea, devengó aportes, y para la interpretación de cierta parte de la doctrina, aunque no los hubiera realizado a esos aportes, la caja tiene derecho a cobrarlos y , no sólo eso, también es la caja otorgante. O sea, que si la sra. no quiere pagar su deuda a la caja, y viene a que le hagas una moratoria, explicale que NO puede..
también hay opiniones en contrario, algunos piensan que los períodos devengados, no son aportes efectivamente realizados, y que por lo tanto podría hacerse la mortoria, pero yo no pondria en juego mi matrícula por nada, menos por eso... saludos.
 #604526  por Calderons
 
celiaEsc escribió:Claro, estoy de acuerdo con lo que te dice, además no puede venir a la ciudad Autónoma y hacerse una moratoria, porque la caja otorgante es en la que más aportes posee, y ella tiene una deuda, o sea, devengó aportes, y para la interpretación de cierta parte de la doctrina, aunque no los hubiera realizado a esos aportes, la caja tiene derecho a cobrarlos y , no sólo eso, también es la caja otorgante. O sea, que si la sra. no quiere pagar su deuda a la caja, y viene a que le hagas una moratoria, explicale que NO puede..
también hay opiniones en contrario, algunos piensan que los períodos devengados, no son aportes efectivamente realizados, y que por lo tanto podría hacerse la mortoria, pero yo no pondria en juego mi matrícula por nada, menos por eso... saludos.
CELIA: ABSOLUTAMENTE DE ACUERDO CON VOS....SALUDOS
MARCELO