Un poquito de jurisprudencia.
Salutes!
SUMARIO: Si la lesión que presenta el trabajador -hernia de disco- no se encuentra comprendida en el sistema previsto en la ley 24.557 (Adla, LV-E, 5865), configura un daño que puede ser indemnizado, de cumplirse los requisitos pertinentes, por la ley común -Código Civil-.
TRIBUNAL: Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, sala I (CNTrab)(SalaI)
FECHA: 2002/08/30
PARTES: S. E., J. c. Asociación Francesa Filantrópica y de Beneficencia
PUBLICACION: LA LEY, 2003-A, 791 - Con nota de N. de R., publicado en LA LEY, 2003-A, 790.
SUMARIO: Corresponde revocar parcialmente la resolución que declaró la inconstitucionalidad del art. 39 de la ley 24.557 (Adla, LV-E, 5865), pues conforme la doctrina emanada de la Corte Suprema de Justicia -causa Gorosito- no se puede restar validez al mencionado artículo si no se probó que la prestación que de acogerse a tal sistema legal hubiere recibido el trabajador por la dolencia que padece -hernia de disco-, fuera insuficiente o insatisfactoria de modo que lo percibido por ser ínfimo pudiere violentar algún derecho constitucional. (Del voto en disidencia del doctor del Valle Puppo).
TRIBUNAL: Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, sala I (CNTrab)(SalaI)
FECHA: 2002/08/30
PARTES: S. E., J. c. Asociación Francesa Filantrópica y de Beneficencia
PUBLICACION: LA LEY, 2003-A, 791 - Con nota de N. de R., publicado en LA LEY, 2003-A, 790.
SUMARIO: Corresponde responsabilizar solidariamente a la Administradora de Riesgos del Trabajo por el accidente del trabajador -hernia inguinal- ante el incumplimiento de las obligaciones impuestas por la ley 24.557 (Adla, LV-E, 5865) respecto de la prevención y realización de planes de mejoramiento -en el caso, no aportó elemento probatorio alguno que acredite su cumplimiento-, pues es una conducta encuadrable en los términos del art. 512 del Cód. Civil.
TRIBUNAL: Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, sala II (CNTrab)(SalaII)
FECHA: 2001/02/12
PARTES: B. E., S. c. Purissimus S. A. y otro
PUBLICACION: LA LEY, 2001-D, 703 - DJ, 2001-2-1003.
SUMARIO: El art. 6 inc. 2 párrafo final de la ley 24.557 resulta violatorio de los arts. 14 bis y 17 de la Constitución Nacional y del art. 8 inc. 1 de la Convención Americana de los Derechos Humanos, toda vez que exime de responsabilidad civil al empleador frente al trabajador por las enfermedades -en el caso, hernia de disco- no incluidas en el listado de dicha norma.
TRIBUNAL: Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, sala VI (CNTrab)(SalaVI)
FECHA: 2002/04/08
PARTES: Navarro Coca, Rolando c. Kineret S.A. y otro
PUBLICACION: LLO,
SUMARIO: La exención de responsabilidad establecida a favor del empleador en el art. 39 de la ley de riesgos del trabajo 24.557 (Adla, LV-E, 5865 respecto de las enfermedades previstas específicamente en dicho régimen - laudo 156/96-, es inaplicable a las que no lo están -en el caso, hernia de disco-, pues dicha exención depende del hecho concreto de que el trabajador o sus derechohabientes reciban las prestaciones del sistema..
TRIBUNAL: Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, sala X (CNTrab)(SalaX)
FECHA: 2001/02/26
PARTES: F., I. c. Tecnycon S.A. y otro
PUBLICACION: LA LEY, 2002-A, 766
SUMARIO: La justicia del trabajo es incompetente en razón de la materia para decidir sobre la naturaleza laboral del accidente padecido por el actor y el carácter definitivo de la incapacidad, cuando estos extremos se encuentran pendientes de resolución ante los organismos administrativos creados por la ley de riesgos del trabajo 24.557 (Adla, LV-E, 5865) -en el caso, la Aseguradora apeló el dictamen de la Comisión médica local que calificó la hernia inguinal del actor como accidente de trabajo- y no se ha planteado cuestión de constitucionalidad que coloque en crisis el sistema en ella organizado.
TRIBUNAL: Cámara del Trabajo de Córdoba, sala 5 unipersonal (CTrabCordoba)(Sala5)(Unipersonal)
FECHA: 2002/06/28
PARTES: Nocioni, Raúl D. c. Delphi Packard Electric Sielin Argentina S.A. y otro
PUBLICACION: LLC, 2002, 1467
SUMARIO: Es procedente la defensa de falta de acción opuesta por el empleador demandado por la reparación de un infortunio laboral -en el caso, hernia inguinal-, en tanto no se encuentra controvertido que denunció el evento dañoso a la Aseguradora de Riesgos del Trabajo de la que es afiliado, que la aseguradora efectuó las prestaciones médicas y la pretensión se funda en el régimen de la ley de riesgos del trabajo 24.557 (Adla, LV-E, 5865), pues en tales circunstancias el sistema de seguro obligatorio lo exime de toda responsabilidad.
TRIBUNAL: Cámara del Trabajo de Córdoba, sala 5 unipersonal (CTrabCordoba)(Sala5)(Unipersonal)
FECHA: 2002/06/28
PARTES: Nocioni, Raúl D. c. Delphi Packard Electric Sielin Argentina S.A. y otro
PUBLICACION: LLC, 2002, 1467
Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, sala VII • 24/10/2006 • Andrada, José Celis c. Frigorífico Calchaquí Productos 7 S.A. y otro • IMP 2007-3, 289
La empleadora debe indemnizar en forma integral, con sustento en normas del derecho común, el daño padecido por el trabajador —en el caso, hernia de disco— mientras movilizaba manualmente un elemento pesado, pues, aun de haber gravitado en él cierto grado de labilidad producto de las tareas que venía desarrollando para la demandada por varios años, esa labilidad para sufrir la afección no limita la responsabilidad de la empleadora cuando se encuentra suficientemente acreditada la relación causal entre el accidente y la incapacidad.
Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, sala VII • 24/10/2006 • Andrada, José Celis c. Frigorífico Calchaquí Productos 7 S.A. y otro • IMP 2007-3, 289
Resulta inconstitucional el art. 39 de la Ley 24.557 (DT, 1995-B, 1980), en cuanto establece una clara discriminación entre la generalidad de los sujetos a quienes está dirigida la norma del art. 1113 del Código Civil y aquellos que sufren daños personales en circunstancias de desempeñarse en trabajos en relación de dependencia, ya que semejante discriminación no es coherente con el principio de igualdad ante la ley instituido en el art. 16 de la Constitución Nacional, ni tampoco con los otros principios recogidos por los Tratados Internacionales con jerarquía constitucional.
Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, sala VII • 24/10/2006 • Andrada, José Celis c. Frigorífico Calchaquí Productos 7 S.A. y otro • IMP 2007-3, 289
La aseguradora de riesgos del trabajo es responsable en los términos del art. 1074 del Código Civil por la incapacidad laboral que afecta al trabajador como consecuencia de un accidente acaecido mientras movilizaba manualmente elementos de peso —en el caso, hernia de disco—, en tanto no surge de prueba alguna que se le haya dado al trabajador elementos protectores de la espalda cuando esa actividad así lo requería, con lo cual cabe concluir que aquélla omitió cumplir con su deber de control y fiscalización del cumplimiento por parte de la empleadora de las normas de higiene y seguridad.
Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial, sala C • 08/09/2006 • M., M. E. c. Sanatorio Colegiales y otros • LA LEY 13/02/2007, 3, con nota de María Fabiana Compiani - LA LEY 2007-A, 468, con nota de María Fabiana Compiani - LA LEY 19/03/2007, 11 - LA LEY 2007-B, 813 - ED 221, 561
Los establecimientos asistenciales son responsables por los perjuicios que sufran los pacientes que allí concurren como consecuencia de una deficiente atención médica, porque si dichos establecimientos prevén y desarrollan una organización para la prestación del servicio de salud, y dentro de ese contexto se valen de la actividad de un cuerpo de profesionales y de personal auxiliar para ejecutar la prestación que han tomado a su cargo, deben procurar que el sistema funcione en plenitud, y en su caso, responder por las fallas que se produzcan.
Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial, sala C • 08/09/2006 • M., M. E. c. Sanatorio Colegiales y otros • LA LEY 13/02/2007, 3, con nota de María Fabiana Compiani - LA LEY 2007-A, 468, con nota de María Fabiana Compiani - LA LEY 19/03/2007, 11 - LA LEY 2007-B, 813 - ED 221, 561
Es procedente la demanda por los daños y perjuicios derivados de la deficiente atención médica recibida por la actora cuando al ser internada en el establecimiento asistencial demandado para tratar una hernia de disco sufrió un enfisema subcutáneo, pues, si bien es cierto que su condición de fumadora incidió en el resultado final por presentar mayor vulnerabilidad, dicha lesión era previsible y no fue debidamente informada a la actora en la etapa previa a la intervención quirúrgica, y ello implicó una omisión imputable a los demandados, ya que esa información era necesaria a fin de que la actora pudiera evaluar el requerimiento de medios alternativos de anestesia o, incluso, desistir de la intervención.
Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial, sala B • 26/12/2005 • Ferrer, Alberto A. c. Caja de Seguros • La Ley Online
Es procedente la demanda entablada contra una Compañía aseguradora por el cobro del seguro colectivo de vida, dado que la aseguradora no introdujo restricciones expresas respecto al riesgo cubierto para los casos que los beneficiarios sufrieran una incapacidad parcial y permanente; por lo tanto, se desprende que la hernia de disco que sufría el actor forma parte del riesgo cubierto por la póliza.
Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires • 16/02/2005 • Vázquez, Carlos B. c. Ferroexpreso Pampeano S.A. • LLBA 2005 (agosto), 803
Corresponde determinar la responsabilidad civil objetiva del empleador, en los términos del art. 1113 del Cód. Civil, por la incapacidad laboral que afecta al trabajador originada en un accidente de trabajo ocurrido al movilizar una cosa -en el caso, durmiente de tres metros de longitud- cuya propiedad o guarda no fue negada por la demanda, si se encuentra demostrado que el actor demandó por dicho accidente de trabajo, que el infortunio ocurrió y que al ingresar a trabajar, el actor estaba en goce de su plena salud laboral y que existe relación causal entre el accidente denunciado y el daño -hernia de disco- por cuya reparación se reclama.
Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial, sala B • 10/09/2002 • Parodi, Salvador A. y otros c. Valmed S.A. • ED 202, 112 - JA 2003-I, 610 - LA LEY 2003-B, 23
Ante la rescisión unilateral del contrato comunicada por la prestadora de medicina privada luego de conocida la enfermedad del actor -hernia de disco- y la ausencia de certeza sobre las causales invocadas por aquélla para el cese de la cobertura médica, debe formularse el encuadre normativo que favorece al más vulnerable.
Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, sala I • 30/08/2002 • S. E., J. c. Asociación Francesa Filantrópica y de Beneficencia • LA LEY 2003-A, 791, con nota de N. de R.
La descalificación por inconstitucionalidad del art. 39 de la ley 24.557 (Adla, LV-E, 5865), sólo tendrá lugar cuando la reparación especial no resulte plena, esto es, se produzca una diferencia cuantitativa de tal magnitud que vulnere las garantías constitucionales de igualdad y de propiedad.
Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, sala I • 30/08/2002 • S. E., J. c. Asociación Francesa Filantrópica y de Beneficencia • LA LEY 2003-A, 791, con nota de N. de R.
Si la lesión que presenta el trabajador -hernia de disco- no se encuentra comprendida en el sistema previsto en la ley 24.557 (Adla, LV-E, 5865), configura un daño que puede ser indemnizado, de cumplirse los requisitos pertinentes, por la ley común -Código Civil-.
Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, sala I • 30/08/2002 • S. E., J. c. Asociación Francesa Filantrópica y de Beneficencia • LA LEY 2003-A, 791, con nota de N. de R.
Para evaluar el monto del resarcimiento que corresponde al trabajador por la dolencia que padece -hernia de disco-, deberá tenerse en cuenta su edad, el tiempo de vida útil que le resta permanecer disminuido en el mercado de trabajo, el porcentaje de la incapacidad laborativa atribuida y las limitaciones de movimiento derivados de la dolencia.
Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, sala I • 30/08/2002 • S. E., J. c. Asociación Francesa Filantrópica y de Beneficencia • LA LEY 2003-A, 791, con nota de N. de R.
Corresponde revocar parcialmente la resolución que declaró la inconstitucionalidad del art. 39 de la ley 24.557 (Adla, LV-E, 5865), pues conforme la doctrina emanada de la Corte Suprema de Justicia -causa Gorosito- no se puede restar validez al mencionado artículo si no se probó que la prestación que de acogerse a tal sistema legal hubiere recibido el trabajador por la dolencia que padece -hernia de disco-, fuera insuficiente o insatisfactoria de modo que lo percibido por ser ínfimo pudiere violentar algún derecho constitucional. (Del voto en disidencia del doctor del Valle Puppo).
Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, sala VI • 08/04/2002 • Navarro Coca, Rolando c. Kineret S.A. y otro • La Ley Online
Es improcedente extender en forma solidaria la condena a la aseguradora de riesgos del trabajo por la enfermedad padecida por el trabajador -en el caso, hernia de disco-, si no se individualizó cuál fue su acción u omisión concreta, jurídicamente relevante para la producción del daño reclamado por el actor. (Del voto del doctor De la Fuente )
Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, sala VI • 08/04/2002 • Navarro Coca, Rolando c. Kineret S.A. y otro • La Ley Online
El art. 39 de la ley de riesgos del trabajo en cuanto impide al trabajador intentar la reparación integral de la enfermedad padecida-en el caso, hernia de disco-, viola los arts. 17 y 19 de la Constitución Nacional, pues por vía legal limita el valor del patrimonio del trabajador y exime al empleador del deber de no dañar.
Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, sala VI • 08/04/2002 • Navarro Coca, Rolando c. Kineret S.A. y otro • La Ley Online
El art. 6 inc. 2 párrafo final de la ley 24.557 resulta violatorio de los arts. 14 bis y 17 de la Constitución Nacional y del art. 8 inc. 1 de la Convención Americana de los Derechos Humanos, toda vez que exime de responsabilidad civil al empleador frente al trabajador por las enfermedades -en el caso, hernia de disco- no incluidas en el listado de dicha norma.
Cámara Federal de Apelaciones de La Plata, sala III • 14/02/2002 • Soria, Delia c. Citibank • Sup.E.Dep. Banc. y Restric. 2002 (marzo), 30 - LA LEY 2002-B, 289 - LLBA 2002, 485
Es procedente la medida cautelar innovativa pedida en una acción de amparo para que se restituyan sumas alcanzadas por el decreto 1570/01 (Bol. 32/01, p. 18), sus normas complementarias, modificatorias y reglamentarias, que restringen la disponibilidad de los depósitos bancarios -en el caso, caja de ahorro en dólares-, si tales fondos provienen de una indemnización por despido, la situación económica del actor es precaria -desempleado y sostén de una madre pensionada, enferma y de 80 años-, tiene problemas de salud -hernia de disco lumbar- y su cobertura médica es deficiente, siendo suficiente como contracautela la caución juratoria.
Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, sala X • 26/02/2001 • F., I. c. Tecnycon S.A. y otro • LA LEY 2002-A, 766
La exención de responsabilidad establecida a favor del empleador en el art. 39 de la ley de riesgos del trabajo 24.557 (Adla, LV-E, 5865 respecto de las enfermedades previstas específicamente en dicho régimen - laudo 156/96-, es inaplicable a las que no lo están -en el caso, hernia de disco-, pues dicha exención depende del hecho concreto de que el trabajador o sus derechohabientes reciban las prestaciones del sistema..
Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, sala X • 26/02/2001 • F., I. c. Tecnycon S.A. y otro • LA LEY 2002-A, 766
Resulta improcedente declarar la inconstitucionalidad del art. 39 de la ley de riesgos de trabajo (Adla, LV-E, 5865), toda vez que la enfermedad accidente -hernia de disco- sufrida por el trabajador no se encuentran incluida en la misma, por lo tanto se configuraría una declaración abstracta que como tal, está vedada a los magistrados.
Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, sala X • 26/02/2001 • F., I. c. Tecnycon S.A. y otro • LA LEY 2002-A, 766
Las enfermedades excluidas de la lista del laudo 156/96 carecen de las prestaciones de la ley, y en consecuencia es inaplicable la eximición de responsabilidad civil del empleador por disposición del art. 39 de la ley de riesgos del trabajo (Adla, LV-E, 5865) -en el caso, se otorgó al trabajador reparación por enfermedad accidente en los términos del art. 1113 del Cód. Civil-, sin necesidad de declaración alguna de inconstitucionalidad.
Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, sala X • 26/02/2001 • F., I. c. Tecnycon S.A. y otro • LA LEY 2002-A, 766
Corresponde atribuir responsabilidad al empleador en los términos del art. 1113 del Cód. Civil la enfermedad accidente sufrida por un trabajador -hernia de disco- causada por levantar pesos excesivos, pues las cosas pesadas en función de las tareas cumplidas configuran una "cosa peligrosa" que obligan a reparar el daño a quien posee su guarda
Cámara 2a de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Paraná, sala II • 28/08/1997 • González, Héctor H. c. Maiocco, Darío • LLLitoral 1999, 482
Es improcedente la indemnización de la incapacidad sobreviniente reclamada por la víctima de un accidente de tránsito, si al momento de producirse dicho evento aquella portaba una importante incapacidad funcional derivada de una hernia de disco, y no se ha probado que el accidente haya producido su agravamiento.
Con referencia a la hernia umbilical: me pronuncio por el rechazo indemnizatorio de esta dolencia en base a lo siguiente: 1) La perito medico en su dictámen hace alusión a la hernia umbilical como una pequeña tumoración compatible con la dolencia denunciada. Luego que la misma es de origen congénito, no teniendo relación de causalidad con el trabajo, sin afirmar certeramente que existió una relación de concausalidad.
DRES.: SAN JUAN - DIAZ RICCI.- M.B.
Sentencia N° 51 - "LOPEZ TIBURCIO HILARIO c/ CIA. AZUCARERA CONCEPCION s/ ENFERMEDAD ACCIDENTE (SALA III)" - DEL TRABAJO - Sala 3 - 03/04/1995