orianalopez : lee esto que te puede servir :
Un supuesto particular: la causal de abandono del inmueble por parte del locatario.
En el supuesto de que la causal del juicio de desalojo sea por abandono del inmueble por parte del inquilino, es importante asesorarse inmediatamente, porque lo primero que debe hacer el dueño es acudir ante la justicia, para que el juez ordene restituir el inmueble e ingresar a la vivienda con un oficial de justicia, por ello, procuren no intentar ingresar por sus propios medios al inmueble sin esa orden judicial porque de lo contrario estarían cometiendo un ilicito, toda vez que el inquilino puede haber dejado sus pertenencias dentro y es por ello, que el oficial de justicia, realizará averiguaciones con los vecinos de la vivienda para conocer el paradero del inquilino, y si no se ubica al inquilino, entonces el juez entregara en forma provisoria el inmueble al dueño, previo inventario de lo que haya dentro de la vivienda, nombrando una persona como depositaria judicial de dichos bienes del inquilino. Luego el juez dictara una sentencia declarando: disuelto el contrato de locación y entregara definitivamente el inmueble al dueño.
Es decir que el abandono del inmueble, ademas de ser causal de desalojo, autoriza la recuperacion inmediata de la cosa, a través de un breve procedimeinto ante la justicia .
RECORDA QUE POR MAS QUE SEA EL PROPIETARIO DEL INMUBELE ESTE NO PUEDE ENTRAR POR ESO ES NECESARIO ACCIONAR CUIDADOSAMENTE POR SI HAY ALGO EN EL INMUEBLE ( FIJATE TU CODIGO DE PROCEDIMIENTO QUE TE HABILITA COMO MEDIDA PREVIA)
saludos