Que tal, hoy fui a dos Udai ( una no tenian noticias ) y en la otra me dijeron que segun su opinion nada cambia respecto a la 57, pero si estaban seguros es que a partir de ahora de la documental que se acompañe al expediente te aceptaran y/o eventualmente te aprobaran la jubilacion, ya no alcanza con los tickets y el sijip, hay que presentar pruebas segun ellos para evitar fraudes y comprobar la efectiva prestacion del servicio. Nombre y domicilio del empleador ( para una eventual ambiental ), recibos de cobro, afiliacion a la obra social, etc.
Veremos como sigue.