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  • reinvindicatoria??

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 #514558  por SRG1974
 
Estimados, tengo dudas que necesito aclarar.
Tengo unos clientes que son herederos del titular registral (fallecido) de un inmueble. Este inmueble esta ocupado hace aprox. 15 años por un tio del titular registral fallecido a quien de manera verbal se le presto para que ocupara un vivienda precaria que habia en dicho inmueble. Hace años que le estan reclamando la devolucion del inmueble y el se niega y me vinieron a ver a mi. Creo que procede la accion reinvindicatoria , pero no se si hacer mencion de que el ocupante se le repsto verbalmente el inmueble poruqe era pariente del propietario.
Losm herederos tiene la escritura y la dclaratoria de herederos aunque no han declarado el inmueble aun en la sucesion.
El ocupante no tiene nada mas que la posesion desde hace aprox. 15 años.
Entonces: la accion correcta es la reinvindictoria no?
hago mencion al modo en que ocupa el inmueble el intruso (por prestamo verbal y dado su vinculo familiar?)
Muchisimas gracias colegas , espero sus respuestas
 #514691  por kantaclaro
 
Para ver que acción a seguir, primero debería aclararse en que carácter se encuentra el ocupante (referite de esa manera y no como poseedor) del inmueble. Creo conveniente intimarlo x CD a desocupar el bien manifestándole que se encuentra allí como consecuencia del comodato precario y verbal otorgado otrora por el causante, bajo apercib. de iniciar acciones legales (desalojo). Sólo si manifestara que está en carácter de dueño de la cosa sería viable la reivindicación. Saludos
 #514783  por SRG1974
 
Ok, vos decis porque si alega algun otro titulo debria proceder el desalojo? De todas maneras si mis clientes tienen el titulo de propiedad no les conviene la reinvindicatoria? muchas gracias por tu opinion.
 #515350  por kantaclaro
 
Perdida la posesión habrá que ver: el tiempo transcurrido hasta su reclamo judicial y en carácter de qué (locatario, comodatario, tenedor, con ánimo de dueño, etc) se encuentra el ocupante. Para entablar la reivindicación, el actor deberá poseer título (con lo cual deberás inscribir la DH); pero si le colocás (o se coloca) por ej. en comodatario; podrás desalojarlo. Saludos
 #515731  por leon21
 
HOLA COLEGAS
Mi caso es medio parecido pero aqui paso esto : fallecio el dueño y amigos vecinos que lo cuidaban siguen habitando en la casa, ya esta declarada la testamentaria valida , es una sucesion por testamento y ademas tienen la escritura anterior del dueño, como se podria encuadrar este tema desalojo por intrusion ? o desalojo por que causa o reivindicacion ?????
GRACIAS !!! desde ya.-