Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • ARREPENTIDOS DE LA COMPRA PRETENDEN DESHACERLA

  • De lectura libre.
    Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
De lectura libre.
Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
 #509663  por matei84
 
Hola foristas,
SOY NUEVA!!!!!!!!!!!!!!!!!!! en la profesión, me recibí en el interior y recurro a Uds. para que me den una mano.
Estoy haciendo mi primera sucesión en Capital Federal , tengo una cliente que heredó de sus padres dos terrenos en pcia. de Bs. As. Por lo que me comentó son lotes de terreno ubicados cerca del mar de escaso valor económico; la cuestión es que la municipalidad de la ciudad donde se encuentran prohíbe la construcción de paradores o bares en esa zona; NO SE PORQUE MOTIVO
Los compradores" a sabiendas" de esa ordenanza municipal le compraron los terrenos y la apuraron para escriturar. Ya con el boleto firmado mi cliente vendió y cobró por ellos( Y YA SE GASTO TODA LA PLATA)
El juez de la sucesión autorizó la venta por tracto abreviado el año pasado.
AHORA LOS COMPRADORES" SE ARREPINTIERON" de la compra Y LE PIDEN A MI CLIENTE LA DEVOLUCIÓN DEL DINERO Y SE NIEGAN A ESCRITURAR .
Agradeceré sus opiniones.

MARIA
 #509802  por kantaclaro
 
Habrá que ver si en el boleto se menciona fechacientemente que los compradores designarán escribano, si menciona dentro de que plazo se efectuaría la escritura, o que dice al respecto.
Si nada dice mi recomendación sería, ante la situación planteada, es que el vendedor intime a los compradores por CD -y en un plazo razonable- a designar el escribano (si eran aquellos quienes lo proponían), designe uno él y/o plantee su disponibilidad (y la exija de la contraparte) para concretar la transferencia del dominio; bajo apercibimiento de reclamarla judicialmente (él también puede iniciar un juicio por escrituración). Saludos y a tu disposición.
 #510554  por lulibet
 
además de no poderse deshacer, cómo el comprador que se arrepiente prentende que le devuelvan el precio??? quien lo asesoró?? el diablo jaja!
que intimen para escriturar
saludos
 #511052  por matei84
 
Hola Colegas:
Gracias por responder.
NO ME IMAGINABA QUE ESTE FORO FUNCIONABA CON TANTA RAPIDEZ. DE HABER SABIDO ANTES DE UDS. CUANTAS COSAS HABRÍA APRENDIDO .,PERO NUNCA ES TARDE!!!!!!!!!!!!!!!!
Les cuento :
los compradores designaron al escribano que debía intervenir en la escritura traslativa de dominio. Entonces lo denuncié en el expdte. en el momento en que solicité autorización p/ la venta por tracto abreviado. Segun recuerdo (porque esto sucede a 600km. de Capital) se había colocado en el boleto que la escritura se haría a los 6 meses de firmado el mismo; pero luego se demoró porque el Escribano designado al solicitar los informes de Dominio en La Plata advirtió que había un error en la inscripción de los lotes.
Entonces pasaron varios meses hasta que se pudo corregir el error y en sept.
del año pasado (2009) tendrían que haber escriturado, pero no lo hicieron.

Puedo intimar desde Capital? no hay impedimento legal o estoy errada?

Gracias.-
Maria
 #511103  por kantaclaro
 
No hay inconveniente que, si tus clientes son de Cap., envíen desde aquí la intimación. Es conveniente, si no se puso antes en conocimiento de los compradores de manera fehaciente, se les indique nombre y dirección del escribano interviniente (mucho mejor sería que éste también los emplace para escriturar). Saludos y suerte