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  • juicio ejecutivo. remite al art. 557

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 #507823  por MANOLIO
 
En un juicio ejecutivo por un pagare de poca plata, luego de la sentencia presente una liquidacion y pedi embargo y remate. El juzgado me pide que cumpla con el art. 557!!
es en lomas de zamora.
que pasos debo seguir????? debere constituir una fianza? no se de que se trata . alguno m puede ayudar??????????
gracias !
 #507861  por sole10
 
La sentencia ¿Está firme?
El art.557 del CPCCBA hace referencia a que:"Cuando lo embargado fuese dinero,una vez firme la sentencia o dada la fianza a que se refiere el art.553,el acreedor practicará liquidación del capital,intereses y costas,de la que se dará vista al ejecutado..."

El art.553,a su turno,dispone:"Cuando el ejecutante diere fianza de responder de lo que percibiere si la sentencia fuere revocada..."

De lo que se infiere,que la sentencia del juicio ejecutivo al que referís,no se encuentra firme (por no haber sido notificada o por no haberse cumplido el plazo que tiene el ejecutado para interponer recursos).
En todo caso,ofrecé una caución juratoria,si la intención es acelerar el proceso.
 #508032  por sole10
 
El escrito es mas bien simple,manifestá que atento lo ordenado a fs...por Su Señoría,ésta parte (tu cliente),viene a ofrecer caución juratoria en cumplimiento de lo establecido por el art.557 del CPCC.