hola amigos foristas!! les consulto lo siguiente, tengo una cliente pensionada que desea jubilarse, ella esta dispuesta a pagar la deuda de contado (ya le informe que no puede acceder a la moratotia por tener el beneficio de pension) el tema es el siguiente:
Para que esta sra. no tenga que comprar periodos SDM, voy a esperar hasta mediados de febrero que cumple años y con el exedente de edad me da justito los 30 años!!!! Ahora la duda es si ya puedo mandar el plan de la deuda y pagarlo, y presentar luego de que cumpla los 63 años el tramite en la ANSES??? yo estimo que no habria problema porque la edad para jubilarse la tiene no es que envio el plan cuando aun tiene 59 años, ya la edad jubilatoria la tiene, pero no presento el tramite para poder hacer la compensacion por exceso de edad con años de aportes y servicios.
Que opinan??? Saludos y gracias!!
Para que esta sra. no tenga que comprar periodos SDM, voy a esperar hasta mediados de febrero que cumple años y con el exedente de edad me da justito los 30 años!!!! Ahora la duda es si ya puedo mandar el plan de la deuda y pagarlo, y presentar luego de que cumpla los 63 años el tramite en la ANSES??? yo estimo que no habria problema porque la edad para jubilarse la tiene no es que envio el plan cuando aun tiene 59 años, ya la edad jubilatoria la tiene, pero no presento el tramite para poder hacer la compensacion por exceso de edad con años de aportes y servicios.
Que opinan??? Saludos y gracias!!
