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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #485910  por layeya
 
El tema es así mi cliente está trabajando hace 7 años en la empresa y no figura ninguna transferencia, aunque si figuran las remuneraciones, el empleador no le entrega certificación de servicios y él no quiere hacer mucho lío con esto. Tengo entendido que al figurar la remuneración a esos períodos los tomarían igual, pero me queda la duda que si estando activa la empresa, no me exigirán igual la certificación de servicios, que opinan??
 #485918  por lgaray
 
que no te la van a pedir, si es que están las remuneraciones Y LA CONTRIBUCION PATRONAL (La columna que le sigue).
Antes no los tomaban, ahora si.
Si no estuvieran las contribuciones tendria que hacer la denuncia en Afip
 #485919  por estudiocm
 
No, es así: si te figura el descuento que le hicieron a él pero NO la transferencia tenés que hacer así: si son menos de 6 meses los que no tienen transferencia no pasa nada, más de 6 meses tiene que tener certificación (o telegrama solicitándola) recibos de sueldo y denuncia ante afip.
Inicié una la semana pasada en floresta y me la tomaron simplemente con el telegrama y los recibos de sueldo de esos meses, pero consultaron entre todos y por lo menos en floresta definieron que la denuncia si o si es necesaria.
Paula
 #485921  por lgaray
 
Bueno, así será en Floresta. Dependera de la Udai, entonces.
Donde yo presento las toman así. Es más, se los aclararon por Circular interna, hace un tiempo
 #485931  por diegomdp
 
independientemente de lo que haga una u otra udai por desconocimiento de la ley y de la normativa lo que debrian pedir es la denuncia en afip, conocida como denuncia Z, tal cual lo establece el art 13 de la ley 24241.
si vamos a la acreditacion del periodo, si figura la remuneracion con la retencion del periodo es valido aunque no figure la transferencia, eso surge del art 25 de la ley 18037 que se aplica por imperio del art 156 de la ley 24241 y con respecto a la necedidad de presentar certificacion o telegrama no es necesario tal cual lo establece la resolucion 524/08.
el que diga que no es asi que lo fundamente con alguna normativa,
 #486301  por layeya
 
Yo había presentado un trámite donde solo me figuraba la remuneración y me el iniciador me dijo que lo tomaban sin requerir ninguna otra prueba, pero me acordé que en ese caso la empresa ya no existía, por eso me surgió la duda que estando activa la empresa pueden llegar a exigirlo. La verdad que se me complica bastante porque el empleado no quiere tomar ninguna medida con su empleador
 #486618  por ale_7500
 
Cuando pedimos "aplicación de la 524" no es sólo no presentar certificación porque "sale en el sipa" sino la aplicación de toda esa res (qiue bastante larga y ambigua es!!!)
En este caso, si no salen las transferencias ý el período es actual post 7.94 deberá hacer denuncia a AFIP porq el Anses no los reconoce a los servicios, podrás iniciarlo pero te lo mandan a a legales y chau!!!!
Ahora, el trabajador está en un brete porq si denuncia pierde el trabajo y si no denuncia no se jubila (el brete ahí también lo tiene el profesional!)
 #486675  por lgaray
 
diegomdp escribió:independientemente de lo que haga una u otra udai por desconocimiento de la ley y de la normativa lo que debrian pedir es la denuncia en afip, conocida como denuncia Z, tal cual lo establece el art 13 de la ley 24241.
si vamos a la acreditacion del periodo, si figura la remuneracion con la retencion del periodo es valido aunque no figure la transferencia, eso surge del art 25 de la ley 18037 que se aplica por imperio del art 156 de la ley 24241 y con respecto a la necedidad de presentar certificacion o telegrama no es necesario tal cual lo establece la resolucion 524/08.
el que diga que no es asi que lo fundamente con alguna normativa,

Clarísimo.
Y para abundar les digo que presenté una PEA con 61 meses de DJ, solo con las contribuciones patronales, sin una sola transferencia y el resto con moratoria y esta acordada y cobrando.


PD: Diegomdp: estoy preparando el cartel .... :mrgreen:
 #559425  por fito657
 
Esto de de suma importancia: Colega perteneciente a un sindicato me dice que los aportes descontados al trabajador y que figuran en la declaracíon jurada valen aunque no estén hechas las transferencias (por lo menos en los tramites jubilatorios vía sindicato), que el proceso validatorio del art. 13 denuncia mediante, si bien lo debe hacer no invalida los aportes. en mi caso cuando pasaban los diez años y no estaban hechas las tranferencias hacía mas moratoria. Pero lo logico es lo que diegomdp e Igaray dicen. Además es lo más justo porque de lo contrario sería estafar dos veces al trabajador que generalmente no se entera y afip si. Es mas, a veces por ignorancia han mal aplicado el art. 13 hasta en los aportes hechos con anterioridad de la ley 24241.
 #559563  por lgaray
 
Es que si el empleador lo incluye en su declaración jurada, esta reconociendo la relación laboral.
Y así lo considera Anses. Ahora, si el iniciador lo desconoce, habrá que aclararselo.
 #559598  por fito657
 
Igaray totalmente de acuerdo contigo, hay denegatorias por ésto, y en mi caso moratorias mas grandes (y cuotas también). Es raro que sindicalmente no se haya hecho lobby por este problema que convierte al trabajador en detective privado, abogado,burocrata y victima de un empleador vengativo y si no asumen este rol no se les considera el aporte que ya le descontaron y que afip y anses tienen prueba dae ello.
Las mayorías de las udai no piensan como nosotros pora eso habría, vía sindicatos, Ministerio de Trabajo o lo que sea, hacer que el criterio sea uniforme.