Hola gente! una pregunta hay alguna forma manual de hacer el calculo del primer haber?? gracias
margarita1957 escribió:Hola Isis ese programa no es para reajuste del primer haber?, no lo entendi muy bien no hay algun post que lo aclare?,graciasEs un programa para calcular cuanto seria el monto del primer haber.
margarita1957 escribió:Hola gente! una pregunta hay alguna forma manual de hacer el calculo del primer haber?? gracias
wilo escribió:Hola Isis. Intenté bajar el programa de cálculo inicial pero hay algo que no te deja bajarlo. Somos unos cuantos los que no hemos podido. SaludosWilo: Pasame por mp tu direccion de correo y trato de enviartelo por esa via.
Perdon que insista pero vi el programa en el portal pero no lo entiendo bien alguien me puede orientar???gracias mil!!!Se le cargan los montos y el programa te calcula el haber.
ISIS escribió:por favor Isis me envias el programa que no puedo bajarlo ..gracias mariasoledad.11 arroba hotmail.com.arwilo escribió:Hola Isis. Intenté bajar el programa de cálculo inicial pero hay algo que no te deja bajarlo. Somos unos cuantos los que no hemos podido. SaludosWilo: Pasame por mp tu direccion de correo y trato de enviartelo por esa via.
Perdon que insista pero vi el programa en el portal pero no lo entiendo bien alguien me puede orientar???gracias mil!!!Se le cargan los montos y el programa te calcula el haber.
lalulina escribió:El haber jubilatorio esta compuesto por la PBU, por la PC y por la PAP.HOLA ESTA BIEN PERO TE FALTA LA ACTUALIZACION CON INDICES DE LAS REMUNERACIONES COBRADAS
La PBU es la prestación básica universal, es universal porque es para todos aquellos que acrediten la edad y los servicios. Una vez que se acredito la edad y los servicios la PBU se paga, si o si. El monto es de 390,82. Con el solo hecho de acreditar la edad y los años de servicios se paga PBU.
La PC es la prestación compensatoria, compensatoria en relación a los aportes realizados en el régimen de reparto antes del 30/06/94. Cuando se creo la 24.241 se crearon las AFJP, entonces tenemos una prestación que se va a pagar por los aportes realizados antes del 94 en régimen de reparto (el estado), y si la persona se quedaba en el régimen de reparto, exista algo llamado PAP. La PC va a variar dependiendo de la remuneración de la persona y de la cantidad de años trabajados, al contrario de la PBU que no varia, es la misma para todos, porque es básica y es universal.
La PAP es la prestación adicional por permanencia, se les pagaba a quienes decidían quedarse en el régimen de reparto.
Al desaparecer las AFJP, desapareció la jubilación ordinaria, ahora hay PBU; PC y PAP para todos.
Formula para calcular la PC:
Cantidad de años trabajados antes del 30/06/94 (hasta 6 meses redondeo para abajo, mas de 6 meses redondeo para arriba, hasta junio inclusive para abajo desde julio para arriba) por 0,015 por la base del calculo.
El 0,015 es el 1,5%, lo llevamos a decimales.
Formula para calcular la PAP:
Cantidad de años trabajados después del 30/06/94 (hasta 6 meses redondeo para abajo, mas de 6 meses redondeo para arriba, hasta junio inclusive para abajo desde julio para arriba) por 0,015 por la base del calculo.
Base del calculo: Es el promedio de la ultimas 120 remuneraciones efectivamente percibidas.
Es el mismo para la PC y para la PAP.
Desde el ultimo empleo para atrás, las remuneración que efectivamente percibió. Por ej:
82 x 5300: 434600
38 x 2600: 98800
Total: 533400 a este resultado lo dividimos por 120 y el resultado es la base del calculo.
533400 / 120: 4445
Base del cálculo: 4445
PC: Antes del 30/06/94 trabajo 22 años y 3 meses (redondeo para abajo en 22 años)
22 x 0,015 x 4445: 1466,85
PC: 1466,85
PAP: Después del 30/06/94 trabajo 6 años y 10 meses (redondeo para arriba en 7 años)
7 x 0,015 x 4445: 466,72
PAP: 466,72
HABER JUBILATORIO: PBU + PC + PAP
390,82 + 1466,85 + 466,72
HJ: 2324,39
Espero que me hayan entendido. Saludos