Queridos colegas: tengo una clienta que en el SIJP figura desde nov del 2004 a junio de 2006 pero no estan las transferencias. Mi pregunta es la siguiente cuando le haga el sicam para la aplicacion del art 3 ley 24476 voy a considerar el cese al año 2006 aunque no tenga transferencias y yo no use esos años como de aportes o puedo ignorarlos y aplicar 7 años de ddjj cesandola antes del 93?
Gracias a quien pueda contestarme
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