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 #465475  por andreaf
 
Buen comienzo de fin de semana !! Necesitaria que algún colega me ayude con un ejecutivo estoy algo trabada por no decir mucho.
Primer proveido de la jueza...Intímese al ejecutado para que dentro del término de CINCO días comparezca personalmente ante la infrascripta a efectuar el reconocimiento que determina el art.523 inc.1º del C.P.C.C bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art.524 del mismo Código. Notifíquese en los términos del art.56 de la Acord.1814 y 338 del C.P.C.C.-.
Envio al toque la cedula de notificación . En el domicilio nunca hay nadie. No se puede notificar a demandado. El notificador lo deja por sentado en el exp. Pido en un escrito que se tenga por reconocida la firma y la jueza me lo RECHAZA... QUE HAGO AHORA????? ESTOY PERDIDA AYUDA GRACIAS !!!!!
 #465481  por sole10
 
Calma Andrea:Tenes que volver a diligenciar la cédula hasta que el deudor se notifique,caso contrario,nunca se dará por reconocida la firma.
En todo caso,pedí un mandamiento de constatación al domicilio denunciado,a fin de que el Oficial de Justicia verifique si el demandado vive allí;en su caso,recabe ésta información entre sus vecinos.
Si ésta diligencia resulta positiva-el mandamiento-,pedí se notifique bajo responsabilidad.
 #468140  por andreaf
 
sole10 escribió:Calma Andrea:Tenes que volver a diligenciar la cédula hasta que el deudor se notifique,caso contrario,nunca se dará por reconocida la firma.
En todo caso,pedí un mandamiento de constatación al domicilio denunciado,a fin de que el Oficial de Justicia verifique si el demandado vive allí;en su caso,recabe ésta información entre sus vecinos.
Si ésta diligencia resulta positiva-el mandamiento-,pedí se notifique bajo responsabilidad.

Gracias por tu respuesta !!! sacame de otra duda, primero diligencio nueva cedula o pido directamente mandamiento de constatación? Gracias !!! estoy perdida en esta parte !!!