Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • Acuerdo privado en un accidente

  • De lectura libre.
    Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
De lectura libre.
Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
 #467138  por democritus
 
Hola gente:

Agradeceré quien me pueda orientar con este tema.
Un pariente tuvo un accidente mientras viajaba con su camioneta. Por suerte, a él no le pasó nada, pero la camioneta sufrió serios daños. El arreglo sale más o menos la mitad del valor del vehículo. Desgraciadamente, el que lo chocó no tiene seguro. En la declaración policial, esta persona asumió la culpa. Prometió hacerse cargo del daño, que se realizaría de la siguiente forma: un conocido compra la camioneta en el estado en que está por un valor y el resto (que es más o menos la otra mitad) lo paga esta persona.
Quieren hacer un acuerdo entre mi pariente y el que lo chocó en forma privada, donde conste que se compromete a pagar esa suma de tal y cual manera y en tal plazo.
¿Es esto viable? ¿Qué fuerza tiene para ejecutarlo? Obviamente, se certificarían firmas, pero ¿me evito con eso el juicio por daños o si quiero ejecutar el acuerdo igual me van a discutir la culpa en el accidente?
El problema es que el accidente es en la pcia. de Entre Ríos, y por eso no hacemos una mediación acá.
 #467507  por MAPA
 
Si el responsable civil por el siniestro no tiene seguro y se aviene a realizar un acuerdo extrajudicial, creo que es lo mejor que te puede pasar. Seguramente no es insolvente y por eso pretende efectuar este acuerdo. El acuerdo de las partes vale como la ley misma. Hacé un acuerdo en el que el responsable asuma la responsabilidad y el damnificado no renuncie a iniciar las acciones civiles por la indemnización resultante de los daños y perjuicios siniestrales ocasionados en caso de incumplimiento del acuerdo. Es mi modestísima opinión. Escuchemos otras. Igualmente aquí en S.Fe tampoco hay mediación obligatoria pero el fin es el mismo. Armá el acuerdo pero ojo porque si certificás en las oficinas de certificación judiciales te piden reposición de imp.de sellos conforme el monto declarado. Certifica firmas en una escribanía. Exitos.-
Mapa Rosario