Necesito perspectivas distintas para salir de un gran problema procesal.
En un juicio por desalojo en la provincia de Buenos Aires, en donde una señora de 75 años con cáncer está por ser desalojada de su hogar que habita hace 36 años, ello si queda firme una sentencia, dictada en vulneración de su derecho de defensa en juicio, que ordena tal desalojo. La sentencia quedó confirmada por la CSJPBA por lo que habiendo hecho las reservas correspondientes presente un recurso extraordinario, el que fue rechazado por haber sido presentado extémporáneamente.
Cuando leí los motivos de extemporaneidad me quedé helado, comencé a ver que pasó como pude equivocarme en eso, luego de un examen de la situación encuentro que el oficial de justicia informó en la cédula que la entregó el día anterior al que yo creí que había sido notificado, ¿por qué creí eso? Porque el casillero que alquilo en la plata me envío un correo electrónico, el cual conservo, afirmándome que en el día de la fecha habían recibido una cédula en mi casillero, los llamé y les pedí que me la enviaran por fax, cosa que así hicieron, por lo que tomé ese día como el de recepción, sin embargo el oficial de justicia documentó en la cédula que la había dilegenciado el día anterior, cuestión que me entero ahora con el rechazo del recurso, esto fue ayer.
No hablé aún con la gente del casillero ni con el oficial de justicia, pero alguien que no soy yo, se equivocó bastante, o en el casillero se comieron la cédula (lo cual es raro, porque al otro día me hubieran dicho, mire que llegó ayer etc) o el oficial selló mal, dejó el del día anterior y nadie se dió cuenta.
Tengo algunas ideas, pero agradecería mucho sus perspectivas del procedimiento que emprenderían si estuvieran en mi lugar.
Gracias
En un juicio por desalojo en la provincia de Buenos Aires, en donde una señora de 75 años con cáncer está por ser desalojada de su hogar que habita hace 36 años, ello si queda firme una sentencia, dictada en vulneración de su derecho de defensa en juicio, que ordena tal desalojo. La sentencia quedó confirmada por la CSJPBA por lo que habiendo hecho las reservas correspondientes presente un recurso extraordinario, el que fue rechazado por haber sido presentado extémporáneamente.
Cuando leí los motivos de extemporaneidad me quedé helado, comencé a ver que pasó como pude equivocarme en eso, luego de un examen de la situación encuentro que el oficial de justicia informó en la cédula que la entregó el día anterior al que yo creí que había sido notificado, ¿por qué creí eso? Porque el casillero que alquilo en la plata me envío un correo electrónico, el cual conservo, afirmándome que en el día de la fecha habían recibido una cédula en mi casillero, los llamé y les pedí que me la enviaran por fax, cosa que así hicieron, por lo que tomé ese día como el de recepción, sin embargo el oficial de justicia documentó en la cédula que la había dilegenciado el día anterior, cuestión que me entero ahora con el rechazo del recurso, esto fue ayer.
No hablé aún con la gente del casillero ni con el oficial de justicia, pero alguien que no soy yo, se equivocó bastante, o en el casillero se comieron la cédula (lo cual es raro, porque al otro día me hubieran dicho, mire que llegó ayer etc) o el oficial selló mal, dejó el del día anterior y nadie se dió cuenta.
Tengo algunas ideas, pero agradecería mucho sus perspectivas del procedimiento que emprenderían si estuvieran en mi lugar.
Gracias
