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  • Posesión e inscripción luego de subasta

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 #462246  por Vivor
 
Buenos días!

Tengo un cliente que adquirió un inmueble por subasta en una quiebra y ya depositó el precio.
Cuando acredito el depósito me sale este proveido:
"Agréguese la boleta de depósito acompañada. A mérito de ello, declaro satisfecho el pago del saldo de precio por el comprador definitivo de la subasta aprobada a fs..., Sr......, respecto del inmueble sito en .... de ésta Ciudad.
Siempre que no mediare oposición de terceros, póngaselo en posesión del inmueble adquirido, librándose el correspondiente mandamiento de posesión, facultándose al Sr. Martillero ... a correr con su dligenciamiento, en carácter de oficial de justicia "Ad-hoc". Dicha diligencia se llevará a cabo en coordinación con el comprador y/o el Dr. (YO), la que podrá realizarse con habilitación de días y horas inhábiles.-
Fíjase el plazo de treinta días, a partir de la toma de posesión, para que el comprador proceda a inscribir a su nombre el inmueble de referencia. A tal fín, se levantarán las cautelares que pesen sobre dicho inmueble, como así también las inhibiciones existentes y también la inhibición que pesa sobre la fallida, al sólo efecto de inscribir el bien."
Estoy un poco desorientado en cuanto a los pasos que tengo que dar y quería corroborar con Uds. que esto esté bien:

1º) Dejo a confronte mandamiento de posesión + oficios levantando medidas cautelares e inhibiciones.
2º) Cuando tengo el mandamiento de posesión, combino con el Martillero para ir al inmueble a tomar posesión.
3º) Inscribo el inmueble a nombre de mi cliente (el comprador) en el RPI. En esto me surge una duda: al RPI voy a llevar los levantamientos de las medidas, pero no tendría que pedir testimonio del proveido que transcribí más arriba para poder inscribir? O con qué instrumento del juzgado hago la inscripción?

Otra: cuanto cobrarían de honorarios por todo este proceso?

Muchas gracias.

Buenos días!!!
 #462347  por mariferzara
 
Hola Vivor! tengo un tema similar, fijate q en el Dec de Reg. Prop. Inmueble te fija los requisitos para inscribir subasta.- Tantos son, que por eso la mayoría de la veces se opta por la protocolización (más aún en tu expte, que es una quiebra).- Pero bueno, como están las cosas no es cuestión de andar perdiendo laburo...
Yo tb tengo dudas de cuánto cobrar, pero supongo q al momento q pedirás la inscripciòn, el juzgado te regulará.- Capítulo aparte es el tema de los gastos para inscribir, asesoráte con un gestor.-
Saludos