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 #454896  por mayragiselav
 
Estimados colegas:
Tengo el siguiente caso:
Mi cliente adquiere dos inmuebles por cesion de derechos y acciones litigiosas, ya que el titular del inmueble por Boleto de Compraventa, nunca escrituró pero antes de morir le cedio las acciones y derechos litigiosos a su hijo quien cede a mi cliente. Los dos inmuebles se encontraban en la siguiente situación: uno desocupado y el otro usurpado.
En ese interin usurpan el otro inmueble aduciendo tener la posesion de hace 5 años.
Se formula la denuncia penal sin éxito.
Mis preguntas:
1) la accion por prescripcion adquisitiva es contra los titulres de dominio solo o tengo que deducirla tambien contra los cedentes de acciones y derechos litigiosos?
2) que pasa con el tema de la interrupción de la posesion por la usurpación? va primero el desalojo? digo por la cesion de acciones...

Agradezco desde ya toda sugerencia...
Saludos
Dra. Gisela
 #454958  por martinhm77
 
mayragiselav escribió:Estimados colegas:
Tengo el siguiente caso:
Mi cliente adquiere dos inmuebles por cesion de derechos y acciones litigiosas, ya que el titular del inmueble por Boleto de Compraventa, nunca escrituró pero antes de morir le cedio las acciones y derechos litigiosos a su hijo quien cede a mi cliente. Los dos inmuebles se encontraban en la siguiente situación: uno desocupado y el otro usurpado.
En ese interin usurpan el otro inmueble aduciendo tener la posesion de hace 5 años.
Se formula la denuncia penal sin éxito.
Mis preguntas:
1) la accion por prescripcion adquisitiva es contra los titulres de dominio solo o tengo que deducirla tambien contra los cedentes de acciones y derechos litigiosos?
2) que pasa con el tema de la interrupción de la posesion por la usurpación? va primero el desalojo? digo por la cesion de acciones...

Agradezco desde ya toda sugerencia...
Saludos
Dra. Gisela
Hola como estas:
1) siempre contra el titular registral de dominio.-
2) para el tema de la interrupcion de la posesion, como orientación te recomiendo que arranques por estudiar de algun código comentado u obra similar los arts 2.456 C.C. "Se pierde también la posesión cuando se deja que alguno la usurpe, entre en posesión de la cosa y goce de ella durante un año, sin que el anterior poseedor haga durante ese tiempo acto alguno de posesión, o haya turbado la del que la usurpó" y Art. 3.984 C.C. " La prescripción se interrumpe cuando se priva al poseedor durante un año, del goce de la cosa por el antiguo propietario, o por un tercero, aunque la nueva posesión sea ilegítima, injusta o violenta"
Si los dos terrenos estuvieron usurpados por mas de un año, en principio se habría interrumpido la prescripción, y se habría perdido la oportunidad de ejercer acciones posesorias, las que estarían prescriptas.-
Esperá mas opiniones o buscá en el hilo "Todo sobre usucapión"
Suerte
 #454984  por flux
 
2) que pasa con el tema de la interrupción de la posesion por la usurpación? va primero el desalojo? digo por la cesion de acciones...
La cuestion es esta, si le usurparon la casa adios posesion ininterumpida, por ende adios usucapion. Tiene que recontabilizar todo el tiempo de posesion desde que la recupere.

Mi recomendacion en estos casos es, puede tu cliente volver a recuperar la posesion por la fuerza, en caso de que si, que lo haga, que nunca reconozca que perdió la posesion, y una vez adentro que haga la usucapion y si intentan recuperar los ocupas la posesion por medio de acciones posesorias que niegue todo y use la usucapion como defensa y prueba de que no perdio la posesion.
 #455446  por luca
 
Si tenes cesión de derechos litigiosoa se supone que el poseedor anterior habia iniciado ya el juicio de usucapión. Fijate bien que dice la escritura. Porque por eso son litigiosos
 #456005  por mayragiselav
 
Entiendo lo que sugieren... pero pienso lo siguiente: el primer adquirente lo fue por Boleto de Compraventa de los titulares registrales, por lo que al estar prescripta la escrituación, se realiza un cesión de acciones y derechos litigiosos, justamente porque el litigio es usucapir la propiedad pero hubo continuacion entre titulares... La accion q posee el adquirente por Boleto es la de desalojo por lo que estimo que mi cliente, justamente por esa cesión, posee la acción de desalojo, mas alla de haber sido turbada su posesión por mas de un año... no creen que debería intentar el desalojo?
saludos!
Gisela
 #456136  por TENAZ
 
tengo un terreno lindero que hace doce años tengoalambrado en 2,50mts mas que lo que me corresponde.se desconoce dueño del lindero.Los doce años me dan derecho a la usucapion?.
 #456202  por martinhm77
 
La respuesta correcta sería: vaya y consulte con un abogado, que el foro no es para evacuar consultas de particulares.... y la historia de siempre.
La respuesta contraria:
TENAZ escribió:tengo un terreno lindero que hace doce años tengoalambrado en 2,50mts mas que lo que me corresponde.se desconoce dueño del lindero.Los doce años me dan derecho a la usucapion?.
No.