hola colegas... yo tengo el mismo dilema que algunos de ustedes. Mi cliente es el Locador de un salon que lo alquila para eventos, presentaciones, casamientos, cumpleaños, egresos, etc.. a un empresario que se dedica a eso y mi cliente me pide que le redacte un contrato por el que él quede deslindado de toda responsabilidad, de toda índole y frente a todos. Tampoco sé que es o cuaáles son las normas que debe cumplir el locatario para la explotación del el salón con ese fin. Pero, frente a los terceros damnificados... me pregunto ¿Qué valor tendrán esas cláusulas de exoneración de responsabilidad del propietario? ... si alguien tiene algún modelo o información sobre este tema me sería de gran ayuda... desde ya mil gracias.
