Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • Ayuda Sobre Declaratoria Herederos

  • De lectura libre.
    Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
De lectura libre.
Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
 #402374  por pepecba
 
hola!
Inicie una declaratoria de herederos, mi cliente es cesionario de derechos de los der. hereditarios del unico heredero que tenia la causante. El tema es que yo como cesionario solo pude hacerme de la partida de defuncion de la causante. En el juzgado me piden que acompañe la partida de nacimiento de la heredera, libreta de familia o algo que acredite el vinculo de la heredera cedente con la causante. Esto es asi? yo como cesionario tengo que andar indagando de las partidas de la cedente? Lo menciono porque al no ser familiar tengo nulo contacto con la cedente y no se como hacer...Gracias de antemano a los coloegas. Saludos!
 #402382  por abogado_1987
 
pepecba escribió:hola!
Inicie una declaratoria de herederos, mi cliente es cesionario de derechos de los der. hereditarios del unico heredero que tenia la causante. El tema es que yo como cesionario solo pude hacerme de la partida de defuncion de la causante. En el juzgado me piden que acompañe la partida de nacimiento de la heredera, libreta de familia o algo que acredite el vinculo de la heredera cedente con la causante. Esto es asi? yo como cesionario tengo que andar indagando de las partidas de la cedente? Lo menciono porque al no ser familiar tengo nulo contacto con la cedente y no se como hacer...Gracias de antemano a los coloegas. Saludos!
Pepe ... podés postear el auto ? sin datos personales
 #402391  por pepecba
 
abogado_1987 escribió:
pepecba escribió:hola!
Inicie una declaratoria de herederos, mi cliente es cesionario de derechos de los der. hereditarios del unico heredero que tenia la causante. El tema es que yo como cesionario solo pude hacerme de la partida de defuncion de la causante. En el juzgado me piden que acompañe la partida de nacimiento de la heredera, libreta de familia o algo que acredite el vinculo de la heredera cedente con la causante. Esto es asi? yo como cesionario tengo que andar indagando de las partidas de la cedente? Lo menciono porque al no ser familiar tengo nulo contacto con la cedente y no se como hacer...Gracias de antemano a los coloegas. Saludos!
Pepe ... podés postear el auto ? sin datos personales
Hola abogado 1987, gracias por contestar! vos sabes que eso me dijeron en barandilla pero todavia no salio el decreto, la señorita de barandilla me dijo que previamente debia acreditar el vinculo de la causante con la cedente, pero yo carezco de esa documentacion porque la cedente vive en otra provincia
 #402399  por abogado_1987
 
pepecba escribió:
abogado_1987 escribió:
pepecba escribió:hola!
Inicie una declaratoria de herederos, mi cliente es cesionario de derechos de los der. hereditarios del unico heredero que tenia la causante. El tema es que yo como cesionario solo pude hacerme de la partida de defuncion de la causante. En el juzgado me piden que acompañe la partida de nacimiento de la heredera, libreta de familia o algo que acredite el vinculo de la heredera cedente con la causante. Esto es asi? yo como cesionario tengo que andar indagando de las partidas de la cedente? Lo menciono porque al no ser familiar tengo nulo contacto con la cedente y no se como hacer...Gracias de antemano a los coloegas. Saludos!
Pepe ... podés postear el auto ? sin datos personales
Hola abogado 1987, gracias por contestar! vos sabes que eso me dijeron en barandilla pero todavia no salio el decreto, la señorita de barandilla me dijo que previamente debia acreditar el vinculo de la causante con la cedente, pero yo carezco de esa documentacion porque la cedente vive en otra provincia
y la escritura pública de cesión ... que dice en cuanto al parentesco, etc ?
 #402403  por pepecba
 
la escritura de cesion dice: "...que le cede cualquier derecho o accion que le pudiera corresponder como unica heredera de la causante"
 #402407  por abogado_1987
 
pepecba escribió:la escritura de cesion dice: "...que le cede cualquier derecho o accion que le pudiera corresponder como unica heredera de la causante"
pregunto ... se dictó declaratoria de herederos?
 #402415  por pepecba
 
abogado_1987 escribió:
pepecba escribió:la escritura de cesion dice: "...que le cede cualquier derecho o accion que le pudiera corresponder como unica heredera de la causante"
pregunto ... se dictó declaratoria de herederos?
no todavia recien la estoy iniciando, todavia no salio el primer decreto
 #402425  por abogado_1987
 
pepecba escribió:
abogado_1987 escribió:
pepecba escribió:la escritura de cesion dice: "...que le cede cualquier derecho o accion que le pudiera corresponder como unica heredera de la causante"
pregunto ... se dictó declaratoria de herederos?
no todavia recien la estoy iniciando, todavia no salio el primer decreto
interpreto que el juzgado está en lo correcto
de acreditar el vínculo causante > cedente
 #402429  por pepecba
 
si? yo pensaba que notificandola a la cedente del inicio de la declaratoria mas la publicacion de edictos bastaba, el tema es que yo no poseo libreta de familia de la cedente, no se como hacer tampoco para conseguirla
 #402481  por abogado1987
 
pepecba escribió:si? yo pensaba que notificandola a la cedente del inicio de la declaratoria mas la publicacion de edictos bastaba, el tema es que yo no poseo libreta de familia de la cedente, no se como hacer tampoco para conseguirla
Pepe, tené presente que ...

La cesión de acciones y derechos hereditarios, como expresa Fornielles, versa sobre una pluralidad de derechos indeterminados y se tranfiere por medio de ella la cuota parte que le corresponde en la universalidad jurídica patrimonial de la herencia (López Del Carril -Derecho de las Sucesiones- E.D. De Palma). Es el contrato traslativo de todo o una parte alícuota de una universalidad jurídica recibida a título de heredero o co-heredero y moldeada en el acto de concentrarse el negocio (Fernando J. López de Zavalía -Teoría de los Contratos- T.II pág. 652). La cesión de derechos, es una estipulación mediante la cual, el heredero tranfiere a otra persona los derechos y obligaciones que le corresponden en una sucesión (Maffía -T.I -Derechos Sucesorios). Y en el caso de autos no se advierte en qué carácter el cedente, cede los derechos del sucesorio. Falta la acreditación del vínculo que el cedente tiene con la causante, pues conforme art. 3.270 del Código Civil, nadie puede transmitir un mejor derecho o más extenso que el que gozaba, y nadie puede adquirir un derecho mejor o más extenso que el que tenía aquel de quién lo adquiere. Cabe señalar que si bien el art. 690 C.C., dispone que la apertura del sucesorio se solicitará justificándose el fallecimiento de la persona de que se trate, ello implica que, quién la solicite también acredite su carácter de parte legítima, conforme art. 689 Proc. que de ninguna manera puede interpretarse en forma aislada y entender que sólo basta para abrir la sucesión acreditar el fallecimiento de la causante. Cuando es obligación del solicitante acreditar que es parte legítima, lo que no se advierte cumplimentado en autos, ya que no se acredita de las instrumentales acompañadas, el carácter de heredero del cedente.

DRES.: PONZE DE LEON - CORROTO DE GONZALEZ.
ROMANO CELINA C/ s/SUCESION, 10/05/00, Sentencia Nº: 23, Sala en lo Civil en Familia y Sucesiones
 #402663  por abogado1987
 
pepecba escribió:uh espectacular abogado 1987! voy a ver como lo soluciono entonces...muchisimas gracias por darme un mano!!
Pepe, de nada ... suerte